La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa histórica por más de 25.000 millones de pesos colombianos a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura (Sprbun) y a cuatro personas naturales, cuyas identidades no han sido reveladas, tras comprobar la implementación de un sistema de prácticas restrictivas de la competencia en el estratégico puerto vallecaucano. La sanción, anunciada mediante la resolución 50585 del 3 de julio de 2025, se sustenta en una investigación que inició tras denuncias de otras empresas del sector y que abarcó el periodo comprendido entre 2013 y 2025, durante el cual Sprbun aprovechó su doble condición de administradora de infraestructura portuaria y prestadora de servicios de operación para favorecer sus propios servicios y limitar la actuación de otros operadores, afectando las condiciones de libre competencia en el mercado.
La decisión de la SIC, que por ahora no está en firme y puede ser recurrida mediante reposición ante el mismo despacho, tiene un impacto directo en el comercio exterior colombiano, pues entre 2018 y 2021 cerca del 22% del comercio exterior del país transitó precisamente por el Puerto de Buenaventura. La entidad sancionadora detalló que las prácticas abusivas se extendieron a los tres tipos de carga que maneja el puerto: contenerizada, general y a granel, además de incluir actuaciones transversales que afectaron el normal desenvolvimiento de la competencia.
Prácticas específicas que vulneraron la libre competencia
En el segmento de carga contenerizada, la SIC encontró que Sprbun limitó la participación de otros operadores, asumió de forma exclusiva servicios de inspección y restringió movimientos verticales y autorizaciones necesarias para la operación de terceros. Para la carga general, la sociedad portuaria implementó beneficios comerciales, como días libres de almacenamiento, condicionados a que los usuarios contrataran con Sprbun o con la empresa ZELSA, además de poner obstáculos en el sistema informático para que otros operadores pudieran ser nominados. En cuanto a la carga a granel, la investigación reveló que se favoreció al principal operador independiente mediante un proceso licitante con condiciones que propiciaban la terminación anticipada del concesionario saliente, se impusieron restricciones tecnológicas y se exigió un pesaje sin justificación técnica. Como actuaciones transversales, la SIC identificó la asignación discriminatoria de turnos, citas y aforos; ventajas competitivas a ZELSA, y la promoción de modificaciones al contrato de concesión para incrementar el control sobre el puerto.
«Como resultado de la investigación, la entidad impuso las sanciones previstas en la ley y ordenó la adopción de medidas administrativas dirigidas a eliminar las conductas identificadas y restablecer condiciones efectivas de competencia en este mercado estratégico»
Comunicado oficial de la Superintendencia de Industria y Comercio
La SIC no solo aplicó la millonaria multa, sino que impartió órdenes administrativas concretas para eliminar de raíz las prácticas anticompetitivas y retirar los obstáculos denunciados por los operadores afectados. La entidad subrayó que la investigación se inició precisamente a raíz de las quejas de otras empresas que operan en el puerto, lo que demuestra la importancia de la denuncia ciudadana y empresarial en la defensa de la competencia.
«Estas medidas buscan garantizar que la administración de la infraestructura portuaria se ejerza de manera compatible con los principios de libre competencia y en beneficio de los usuarios del servicio»
Superintendencia de Industria y Comercio
La sanción representa un hito en la lucha contra las prácticas restrictivas en sectores estratégicos para la economía nacional, como lo es el puerto de Buenaventura, principal puerta de entrada y salida de mercancías del país. Aunque las partes sancionadas pueden presentar recurso de reposición, la decisión de la SIC envía un mensaje claro sobre la necesidad de que la administración de infraestructura crítica se ejerza con total transparencia y respeto a las reglas de mercado, en beneficio de todos los actores del comercio exterior colombiano.










