Gobierno Petro crea política indígena que modifica gestión del riesgo en Colombia

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El borrador de decreto que crea la Política Nacional Indígena para la Gestión de Desarmonías Territoriales ya está listo. El Gobierno de Gustavo Petro, a través de la UNGRD, el DNP y el Ministerio del Interior, definió en 36 páginas un cambio profundo en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD). La iniciativa busca incorporar la cosmovisión indígena al sistema de riesgo, otorgando a las autoridades indígenas—como las Entidades Territoriales Indígenas (ETI) y los cabildos—acceso directo a recursos públicos y nuevas competencias, entre ellas la posibilidad de declarar la calamidad pública. El decreto tiene como fecha límite el 7 de agosto de 2026 para ser firmado, lo que implica que será el gobierno entrante de Abelardo de la Espriella quien herede su implementación.

La base legal del decreto es el artículo transitorio 56 de la Constitución de 1991. El Ejecutivo sostiene que esta facultad sigue vigente porque el Congreso nunca expidió la ley orgánica que ordena el artículo 329 de la Carta Magna para regular el funcionamiento de las ETI. La política tendrá una vigencia de 15 años, desde 2026 hasta 2040.

Los alcances de la política de desarmonías territoriales

El documento define las ‘desarmonías territoriales’ como la ruptura del equilibrio entre la comunidad, el territorio, la Madre Tierra, los seres espirituales, los sistemas naturales, los sitios sagrados, los medios de vida, la salud, la alimentación, la memoria, la autoridad propia y la pervivencia cultural de los pueblos indígenas.

«[La desarmonía es] la ruptura del equilibrio entre la comunidad, el territorio, la Madre Tierra, los seres espirituales, los sistemas naturales, los sitios sagrados, los medios de vida, la salud, la alimentación, la memoria, la autoridad propia y la pervivencia cultural de los pueblos indígenas»

Borrador de decreto de la Política Nacional Indígena para la Gestión de Desarmonías Territoriales.

En la práctica, las ETI y los cabildos pasan de ser actores consultivos a administradores, ejecutores e implementadores de la política de gestión del riesgo dentro de sus territorios. El artículo 12 del borrador les permite formular planes, administrar alertas tempranas, participar en los consejos nacionales, departamentales y municipales de gestión del riesgo e incluso declarar la situación de calamidad pública, una atribución que hoy tienen los alcaldes y gobernadores.

Para operativizar estas nuevas competencias, se crea una subcuenta indígena permanente en el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo y se autoriza la creación de Fondos Indígenas de Gestión de Desarmonías Territoriales con funcionamiento autónomo. También se ordena el diseño de un banco de proyectos indígena con rutas de aprobación simplificadas a cargo de la UNGRD, el DNP y el Ministerio del Interior. Pese a la creación de estos nuevos instrumentos financieros, el borrador sostiene que la norma no tiene impacto fiscal.

Los plazos de implementación son de seis meses para que la UNGRD y el Ministerio del Interior tracen una hoja de ruta, y de un año para que los ministerios, gobernaciones y alcaldías adecúen sus estructuras a la normativa que modifica la Ley 1523 de 2012. Sin embargo, el futuro del decreto es incierto. El gobierno de Abelardo de la Espriella, que asumirá el poder el 7 de agosto de 2026, ya ha criticado el modelo de autonomía de las ETI. Si el decreto se firma antes del cambio de mando, la nueva administración recibirá un marco jurídico que modifica competencias institucionales de fondo, pero podría revisarlo o derogarlo, abriendo un nuevo frente de debate sobre los derechos territoriales y la autonomía de los pueblos indígenas en Colombia.

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