Dian habilitó desde el 21 de julio consulta de exógena para renta de 2025

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) habilitó desde el pasado 21 de julio la consulta de la información exógena correspondiente al año gravable 2025, una herramienta clave para que las personas naturales preparen su declaración de renta. El calendario de vencimientos para presentar esta obligación tributaria comienza el 12 de agosto y se extiende hasta el 26 de octubre de 2026, según la terminación del NIT de cada contribuyente. El acceso se realiza a través del Portal Transaccional de la página web www.dian.gov.co, previo ingreso con usuario y contraseña y la inscripción en el Registro Único Tributario.

Este reporte reúne información suministrada por empleadores, entidades financieras, clientes, proveedores y notarías, incluyendo datos sobre salarios, retenciones, cuentas bancarias, tarjetas de crédito, compras de bienes y operaciones inmobiliarias y notariales realizadas durante 2025. La Dian recordó que la información exógena es un mecanismo de fiscalización, verificación y control que permite definir quiénes están obligados a declarar y detectar posibles inconsistencias, además de servir como guía para diligenciar el Formulario 210 o el programa Ayuda Renta. Se estima que cerca de 7 millones de personas naturales deberán declarar renta en 2026, con un recaudo proyectado de 6,1 billones de pesos.

Los topes para declarar son claros: patrimonio bruto superior a 224,1 millones de pesos al cierre de 2025, o ingresos, compras, consumos con tarjeta de crédito, consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por más de 69,7 millones de pesos durante el año anterior. La entidad aclaró que la información exógena no es la declaración de renta ni reemplaza los documentos propios, y que la responsabilidad de declarar la realidad económica es exclusiva del ciudadano, quien debe respaldar cada cifra con soportes válidos. Si un contribuyente encuentra inconsistencias en su reporte, debe solicitar la corrección directamente al banco, empleador u otra entidad que suministró el dato; los cambios se reflejan en aproximadamente siete días.

Vencimientos escalonados según el NIT

El calendario de vencimientos se distribuye entre agosto, septiembre y octubre de 2026 de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, sin contar el dígito de verificación. Por ejemplo, los NIT terminados en 01 y 02 deben presentar la declaración el 12 de agosto, mientras que quienes tengan terminaciones 99 y 00 tienen plazo hasta el 26 de octubre. En el micrositio de Renta Personas Naturales, disponible en el portal de la Dian, se encuentran guías prácticas y el calendario detallado de vencimientos, así como la sección de información exógena tributaria con resoluciones vigentes, formatos exigidos y documentación técnica.

«La información exógena es un mecanismo de fiscalización, verificación y control que permite definir obligados a declarar y detectar inconsistencias; la obligación de presentar información exógena no implica el pago de un impuesto adicional, sino un reporte informativo».

Comunicado oficial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian)

La Dian insiste en que cada contribuyente debe verificar los datos consignados en su reporte exógeno y, en caso de discrepancias, gestionar las correcciones ante las entidades correspondientes. La entidad recuerda que este mecanismo es una herramienta de apoyo, pero no exime al ciudadano de su responsabilidad de declarar correctamente su situación fiscal. Con la habilitación de la consulta desde julio, se busca que los contribuyentes tengan tiempo suficiente para preparar su declaración y evitar sanciones por errores u omisiones.

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