En un fallo definitivo que pone punto final a una controversia jurídica y política, el Consejo de Estado confirmó la nulidad del decreto presidencial con el que el presidente Gustavo Petro designó a su cónyuge, la primera dama Verónica del Socorro Alcocer García, como embajadora en misión especial ante el Vaticano. La alta corporación judicial ratificó así la decisión que había tomado en abril de 2024 el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, anulando el nombramiento que había sido oficializado mediante un decreto publicado en 2023.
La acción legal, que fue promovida por el abogado demandante Harold Sua, encontró sustento en el concepto emitido por la Procuraduría General de la Nación, que advirtió que el presidente infringió el artículo 126 de la Constitución Política. Dicha norma constitucional prohíbe a los servidores públicos nombrar a personas con las que tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quienes estén ligados por matrimonio o unión permanente. En su concepto, el Ministerio Público fue contundente al señalar que “el señor Presidente de la República infringió dicha disposición”.
Los argumentos del Gobierno y la decisión judicial
Frente a esta controversia, el Gobierno Nacional, a través del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), defendió la legalidad del decreto argumentando que este se inscribía en la facultad presidencial para el manejo de las relaciones internacionales y que la misión encomendada a la primera dama era de carácter “puntual y transitorio”. Sin embargo, el Tribunal de Cundinamarca, en su fallo inicial, rechazó estos argumentos y señaló que la redacción del decreto era ambigua y quebrantaba el principio de legalidad. Ahora, el Consejo de Estado, en su carácter de máxima instancia de la jurisdicción contencioso administrativa, confirmó esa nulidad, dejando en claro que el nombramiento de un cónyuge para cualquier cargo, incluso de carácter especial y temporal, vulnera la prohibición constitucional.
Implicaciones internacionales: la Lista Clinton
El fallo de nulidad y la figura de “embajadora en misión especial” no pasaron desapercibidos a nivel internacional. El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos citó esta controversia para incluir a Verónica Alcocer en la llamada Lista Clinton. En la resolución citada por la revista Semana, el organismo estadounidense afirmó que “la primera dama Verónica del Socorro Alcocer García fue nombrada inconstitucionalmente por Gustavo Petro para servir como embajadora ‘en misión especial’. Posteriormente, un tribunal colombiano anuló el nombramiento y decidió que el nombramiento violaba el artículo 126 de la Constitución colombiana”.
Este trasfondo jurídico se suma al historial de viajes que Verónica Alcocer ha realizado en representación del Estado colombiano. En ocasiones anteriores, como en el funeral de la reina Isabel II, la Asamblea General de las Naciones Unidas y el sepelio del ex primer ministro japonés Shinzo Abe, se le otorgó el estatus de “embajadora en misión especial” y fue acompañada por una comitiva numerosa, lo que generó críticas por el uso de recursos públicos. En contraste, el presidente Petro ha afirmado públicamente que está separado de Verónica Alcocer desde hace varios meses, aunque el vínculo legal seguiría vigente, y ha asegurado que ella no gasta recursos del erario público en sus actividades.












