“3.471 conductores exonerados en Bogotá por fallas en comparendos”

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La concejal de Bogotá por el Nuevo Liberalismo, Cristina Calderón Restrepo, puso en el centro del debate público la opacidad en los procesos de impugnación de comparendos en la capital. A través de un derecho de petición respondido oficialmente por la Secretaría Distrital de Movilidad, la cabildante evidenció que la entidad no cuenta con datos desagregados sobre las causas que llevaron a que 3.471 conductores resultaran exonerados entre 2025 y el primer trimestre de 2026, período en el que se impugnaron 14.269 comparendos. La falta de clasificación impide saber si las absoluciones se debieron a errores de notificación, inconsistencias en los datos, vulneraciones al debido proceso u otras irregularidades, lo que a juicio de Calderón representa una falla estructural en la capacidad de la administración para detectar y corregir procedimientos.

Las cifras revelan una tendencia sostenida: en 2025 se impusieron 948.220 comparendos en la ciudad, de los cuales solo el 1.12 por ciento fue impugnado y apenas el 0.26 por ciento concluyó con una decisión favorable al ciudadano, es decir, 2.466 conductores exonerados en todo el año. En el primer trimestre de 2026, el panorama es similar: de 312.866 comparendos impuestos, el 1.15 por ciento fue impugnado y el 0.32 por ciento, equivalente a 1.005 casos, terminó con exoneración. En total, en los 15 meses analizados, 9.299 recursos terminaron con la confirmación de la sanción, lo que significa que más del 99.6 por ciento de los comparendos impuestos en la ciudad no culminan con la absolución del infractor.

Fallas en la medición de las causas

Para Calderón, el principal problema radica en que la Secretaría de Movilidad no puede precisar cuántas de esas impugnaciones exitosas obedecieron a errores administrativos de la misma entidad, como malas notificaciones, fallas en los sistemas de fotomultas o vulneraciones al debido proceso. Tampoco se sabe qué localidades o corredores viales concentran más reclamaciones por presuntas irregularidades, información que sería clave para mejorar los procedimientos y evitar sanciones injustas. La entidad, por su parte, sostiene que “garantiza el debido proceso y el derecho de cualquier ciudadano a impugnar un comparendo cuando considere que existen razones para hacerlo”, y defiende que las decisiones de exoneración “no responden a una causa única o estandarizada”, por lo que no sería posible tipificar todas las absoluciones bajo una clasificación uniforme.

La concejal le recordó a la nueva secretaria de Movilidad, María Fernanda Ortiz, que el Código Nacional de Tránsito, Ley 769 de 2002, permite a los ciudadanos controvertir las multas mediante una audiencia pública para presentar pruebas de descargo, en un plazo de cinco días hábiles si el comparendo fue impuesto por un agente de tránsito o de once días hábiles si se trata de una fotomulta, contados desde la notificación. El trámite se inicia a través de los portales www.ventanillamovilidad.com.co o www.movilidadbogota.com.co. Calderón insistió en que la administración distrital debe aprovechar esta coyuntura para revisar los procesos, medir resultados y fortalecer la transparencia, y concluyó con un llamado directo a Ortiz:

“La nueva secretaria tiene una oportunidad importante: revisar estos procesos, oír las preocupaciones de los ciudadanos y garantizar que cada procedimiento en vía tenga los mayores estándares de transparencia”.

Cristina Calderón Restrepo, concejal de Bogotá por el Nuevo Liberalismo

Ante las críticas, la Secretaría de Movilidad afirmó que cada caso es analizado de manera individual por una autoridad de tránsito, con base en pruebas, argumentos y circunstancias particulares, y que la entidad cuenta con mecanismos de seguimiento como cámaras corporales, protocolos y registros para garantizar la transparencia de los procedimientos en vía. Sin embargo, la concejal advierte que sin una clasificación detallada de las causas de exoneración, la administración no podrá corregir fallas sistémicas ni mejorar la confianza ciudadana en los procesos de control de tránsito.

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