Capturan en Riohacha a exgobernador de La Guajira tras fallo de Corte Suprema

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En un nuevo capítulo judicial que sacude el panorama político de La Guajira, la Corte Suprema de Justicia confirmó en segunda instancia la condena contra el exgobernador Hernando David Deluque Freyle, quien fue capturado el sábado 25 de julio de 2026 en la ciudad de Riohacha. La decisión de la Sala Penal del alto tribunal ratifica el fallo emitido por la Sala Especial de Primera Instancia, que había declarado culpable al exmandatario por irregularidades en procesos de contratación durante su gestión.

El caso, que se ha prolongado por años y ha tenido giros procesales relevantes, involucra también a los exgobernadores encargados Alejandro Magno Builes Suárez y Raúl Nicolás Fragozo Daza, quienes recibieron sentencias de 8 años y 4 meses de prisión en el fallo original de octubre de 2024. Para Deluque, la condena original impuso una pena de 9 años y 9 meses de prisión, una multa de 2.364,12 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilitación de 123 meses. La captura se materializó tras la confirmación de la sentencia, que dejó en firme la responsabilidad penal de los exfuncionarios.

Las irregularidades en la contratación

El origen del proceso se remonta al año 2002, cuando los entonces gobernadores, tanto titular como encargados, suscribieron los contratos identificados con los números 158, 169, 181, 237 y 272. Según determinó la justicia, estas contrataciones estuvieron marcadas por un fraccionamiento irregular, una práctica que vulnera los principios de transparencia y selección objetiva que rigen la contratación estatal. En el fallo anulado de 2024, la Sala Especial de Primera Instancia estableció que los exfuncionarios «incurrieron en fraccionamiento irregular de contratos a través de la suscripción de los negocios jurídicos identificados», con lo cual trasgredieron dichos principios fundamentales.

El proceso judicial no ha estado exento de controversias. En junio de 2025, la Corte Suprema anuló la condena inicial contra Deluque, Builes y Fragozo, y devolvió el expediente a la Sala Especial de Primera Instancia para una reevaluación. La razón de esta anulación fue la vulneración del principio de congruencia penal: los acusados habían sido procesados por dolo, pero finalmente fueron condenados por omisión, una inconsistencia jurídica que obligó a reabrir el examen del caso. Sin embargo, la nueva evaluación que realizó la Sala Especial mantuvo la responsabilidad de los exgobernadores, lo que llevó a la confirmación de la sentencia por parte de la Sala Penal.

«En consecuencia, para el cumplimiento de la pena privativa de la libertad en su domicilio, deberán suscribir diligencia de compromiso, una vez adquiera firmeza esta sentencia, luego de lo cual se coordinará con el Inpec la vigilancia de la prisión domiciliaria».

Parte resolutiva del fallo anulado de 2024

Es importante destacar que, como antecedente no relacionado directamente con este caso, en 2024 la Corte Suprema declaró inocente a Deluque en un proceso por corrupción relacionado con un contrato de alcantarillado sanitario en Riohacha. Esta situación contrasta con el fallo actual, que confirma su responsabilidad en las irregularidades de contratación de la vía en el mismo municipio. La información fue reportada por Cristian Bayona de Colprensa, con crédito a @ArtetaPiter, marcando un nuevo capítulo en la lucha contra la corrupción en la contratación pública en el departamento de La Guajira.

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