La Secretaría de Movilidad de Santiago de Cali recuerda que este jueves 13 de agosto continuará aplicándose la restricción vehicular conocida como Pico y Placa para automóviles particulares. Según la rotación establecida por la autoridad de tránsito, los vehículos cuyas placas terminen en los dígitos 3 y 4 no podrán circular por las calles de la ciudad entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche. Esta medida busca reducir el parque vehicular en circulación, disminuir los niveles de congestión, prevenir accidentes de tránsito y mitigar la contaminación ambiental en la capital vallecaucana.
El incumplimiento de esta disposición acarrea una sanción económica significativa. La multa por violar el Pico y Placa está fijada en 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, que para este año corresponden a 711.750 pesos colombianos, tomando como base el valor diario del salario mínimo de 47.450 pesos. Esta infracción está tipificada en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, por lo que las autoridades hacen un llamado a los conductores a respetar la norma para evitar sanciones.
Excepciones y otras restricciones
La normativa contempla un grupo de vehículos exentos de la medida. Quedan por fuera de la restricción los automotores de emergencia, oficiales, diplomáticos y consulares, así como aquellos pertenecientes a personas con discapacidad. También se exceptúan los vehículos híbridos o eléctricos, los de carga con capacidad igual o superior a cinco toneladas y quienes hayan pagado la tasa por congestión. Adicionalmente, las motocicletas y los taxis no están sujetos a esta disposición para la fecha indicada.
Para el transporte público colectivo, la rotación del Pico y Placa establece que este jueves 13 de agosto los vehículos con placas terminadas en 6 y 7 serán los que no podrán circular durante el horario de restricción. Cabe recordar que la medida no aplica los fines de semana ni los días festivos obligatorios, y que la asignación de dígitos cambia diariamente según lo programado por la Secretaría de Movilidad.
Es importante precisar que, en el marco del período comprendido entre el 5 de enero y el 30 de junio de 2026, la rotación prevista para los jueves asigna los dígitos 7 y 8 a los vehículos particulares. Sin embargo, para la jornada del jueves 13 de agosto de 2025, la restricción rige exclusivamente para las placas terminadas en 3 y 4, según la calendarización vigente.










