Ministerio de Trabajo deroga 11 circulares: fin a sanciones sin sustento legal

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En una decisión que redefine el equilibrio entre la orientación administrativa y la fuerza de la ley, el Ministerio de Trabajo de Colombia, encabezado por la ministra Natalia López, expidió la Resolución 2708, mediante la cual se derogaron 11 circulares internas que, según el análisis de la cartera, habían creado obligaciones, procedimientos y criterios sancionatorios sin el suficiente respaldo legal. La medida, que no modifica ninguna ley laboral vigente ni los derechos adquiridos de los trabajadores, implica que las empresas y empleadores ya no podrán ser sancionados o recibir nuevas exigencias basándose únicamente en lo dispuesto por esos documentos administrativos, afectando potencialmente el marco de acción para cerca de 10 millones de trabajadores formales en el país.

La ministra López explicó el espíritu de la resolución con una metáfora contundente: «Una circular es un mapa; la ley es el territorio. Sirve para orientar, no para abrir el camino. Y cuando el mapa dibuja un río donde no lo hay, no se corrige el territorio: se corrige el mapa. Eso fue exactamente lo que hicimos». La decisión ha generado un amplio respaldo entre los gremios empresariales y duras críticas desde sectores políticos y sindicales. Mientras la Andi, en cabeza de Bruce Mac Master, celebró la medida como un avance hacia «reglas más claras para fortalecer la transparencia y la seguridad jurídica», el exministro del Trabajo Antonio Sanguino calificó la acción como una muestra de un «ministerio antiderechos y antitrabajo», advirtiendo que se eliminan herramientas esenciales para la protección laboral.

Un cambio de paradigma en la interpretación administrativa

La esencia de la Resolución 2708 radica en la depuración de aquellos instrumentos internos del Ministerio que excedían su función constitucional orientadora. Según el detalle de la cartera, las circulares derogadas habían establecido requisitos y multas que no se encontraban explícitamente contemplados en la ley. La presidenta de Acopi, María Elena Ospina, valoró el beneficio para las micro, pequeñas y medianas empresas, que a menudo carecen de grandes departamentos jurídicos para discernir entre lo que es una recomendación y una obligación. «Las leyes continúan plenamente vigentes. Lo que cambia es que una empresa no podrá ser sancionada o recibir nuevas exigencias únicamente porque estaban contenidas en una de estas circulares. Deberá existir un fundamento claro de ley», afirmó Ospina.

La ministra López ejemplificó tres casos concretos que motivaron la derogatoria de algunas de estas circulares. En el sector de vigilancia, se habían creado exigencias sobre horas extras no previstas en la ley; en materia de jornada laboral, se estableció una fórmula de compensación sin sustento legal; y en el delicado ámbito de las inspecciones en viviendas, una circular autorizaba la entrada de funcionarios sin orden judicial, lo que la ministra calificó como una violación al principio de inviolabilidad domiciliaria. Ante esto, el Ministerio ordenó una ruta de articulación con la Policía y la Fiscalía para gestionar estos procedimientos de manera legal. Cada derogatoria, según la cartera, fue motivada individualmente explicando el defecto concreto encontrado en la circular.

«Una circular es un mapa; la ley es el territorio. Sirve para orientar, no para abrir el camino. Y cuando el mapa dibuja un río donde no lo hay, no se corrige el territorio: se corrige el mapa. Eso fue exactamente lo que hicimos»

Natalia López, ministra del Trabajo

Sin embargo, la medida no está exenta de controversia. Antonio Sanguino, exministro de la cartera, defendió la legitimidad de las circulares derogadas argumentando que «la Constitución, la ley 489 y la jurisprudencia del Consejo de Estado facultan al Ministerio para orientar e interpretar la aplicación de la ley». Sanguino advirtió que el desmonte de estas herramientas podría ser la antesala para ataques a la reforma laboral o al salario vital, y que la decisión afecta directamente temas sensibles como la libertad sindical, la jornada laboral, el pago de horas extras y la estabilidad de las trabajadoras domésticas. La resolución, que no tiene efectos retroactivos y no invalida actuaciones previas ni procesos en curso, deja en firme que, de ahora en adelante, cualquier sanción o exigencia laboral deberá tener un sustento directo en la ley, y no en un mapa administrativo que, según el actual gobierno, había confundido su rol.

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