La Secretaría de Movilidad de Medellín informó que la medida de restricción vehicular Pico y Placa regirá este jueves 27 de agosto de 2026 para los automóviles particulares y las motocicletas cuyas placas terminen en los dígitos 3 y 6. El horario de la prohibición, que se aplica de lunes a viernes, será de las 5:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche, mientras que para los taxis la restricción operará de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche. La medida busca disminuir el parque vehicular en circulación, reducir el tránsito y los accidentes automovilísticos, además de mejorar la calidad del aire en la capital antioqueña.
La restricción se determina según el último dígito de la placa para los vehículos particulares y el primer dígito para las motos. En esta ocasión, los números restringidos coinciden para ambos tipos de vehículos: 3 y 6. La rotación diaria es una de las características del programa Pico y Placa, que se implementa de lunes a viernes con dígitos diferentes cada jornada. No obstante, llama la atención que la tabla de rotación actualizada por la Alcaldía para el primer semestre de 2026 asigna los días jueves a los números 5 y 9, mientras que el comunicado oficial de la Secretaría de Movilidad establece para este jueves 27 de agosto los dígitos 3 y 6. Esta contradicción no ha sido aclarada oficialmente hasta el momento, por lo que se recomienda a los conductores verificar la información con las fuentes oficiales antes de movilizarse.
Multas y vehículos exentos
Los conductores que decidan desconocer la restricción y salgan a circular con las placas 3 y 6 en el horario prohibido se expondrán a una sanción económica de quince días de salario mínimo vigente, lo que equivale a 711.750 pesos colombianos, tomando como base el salario mínimo diario de 47.450 pesos. La multa está contemplada en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, que tipifica la violación de las restricciones vehiculares como una infracción sancionable. Es importante recordar que la medida no aplica para el transporte de carga, que puede circular sin restricciones este día.
A su vez, se encuentran exentos de la medida los vehículos destinados a emergencias, atención médica, aquellos que operan con gas natural, el servicio terrestre de pasajeros, los dedicados al transporte de alimentos, actividades de servicio público, medios de comunicación, seguridad del Estado, transporte de personas con discapacidad, vehículos de valores, vehículos diplomáticos y los que cuenten con una autorización expresa de la Secretaría de Movilidad. Para estos vehículos no se requiere una nueva autorización, dado que la Secretaría ya tiene conexión con el Registro Único de Tránsito (RUNT), lo que agiliza la verificación en los controles viales. Aunque este jueves la medida se aplica con normalidad, la contradicción en los dígitos deja en evidencia la necesidad de que la administración municipal brinde una aclaración oficial para evitar confusiones entre los ciudadanos.










