Policía mata a joven que lo atacó con cuchillo en CAI de Bogotá

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Un patrullero de la Policía Metropolitana de Bogotá identificado como el subintendente Roben Ricardo Ramírez dio muerte a un joven de 26 años que lo atacó por la espalda con un cuchillo mientras realizaba labores administrativas en el CAI del barrio Galán, en la localidad de Puente Aranda. El hecho ocurrió el 19 de agosto de 2026 y ha generado un intenso debate nacional sobre la proporcionalidad del uso del arma de fuego por parte de la fuerza pública frente a un arma blanca. El bufete García Trujillo & Asociados, que asume la defensa del uniformado, sostiene que el uso del arma de dotación calibre 9 mm fue proporcional y está plenamente amparado en la figura de la legítima defensa.

De acuerdo con la reconstrucción del caso, el agresor, identificado como Michael Felipe Santos, de 26 años y con antecedentes de problemas de salud mental, ingresó al CAI y atacó al policía por la espalda en un ángulo ciego, dirigiendo el arma cortopunzante hacia el cuello y la cabeza del uniformado. Tras una respuesta instintiva, se desató un forcejeo dinámico que se trasladó al exterior del puesto de vigilancia. Durante el forcejeo, el patrullero sufrió múltiples heridas y finalmente desenfundó su arma de dotación y disparó, impactando al agresor y causándole la muerte. Las cámaras de seguridad del sector registraron el momento en que el uniformado fue atacado sin provocación alguna.

Legítima defensa y proporcionalidad

García Trujillo & Asociados, colectivo de abogados que representa al subintendente Ramírez, argumenta que el uso del arma de fuego fue un medio idóneo y proporcional para repeler una agresión letal. “Un arma cortopunzante a corta distancia tiene una potencialidad letal real e inmediata. Responder con el arma de dotación es un medio idóneo y proporcional para salvar la vida ante un ataque mortal”, señaló el bufete en el análisis que publicó en sus redes sociales. El colectivo también aclaró que no se configura un exceso punible, porque los disparos ocurrieron mientras el ataque persistía, es decir, no después de que este cesara.

«El 19 de agosto de 2026, mientras realizaba labores administrativas en el CAI del barrio Galán en Bogotá, un patrullero fue agredido por la espalda en un ángulo ciego por un ciudadano con un arma cortopunzante dirigida a su cuello y cabeza. Tras una respuesta instintiva y un forcejeo dinámico que se trasladó al exterior del CAI donde sufrió múltiples heridas, el oficial desenvainó su arma de dotación 9 mm e impactó al agresor, provocándole la muerte.»

García Trujillo & Asociados

«La legítima defensa ampara el derecho a repeler una agresión injusta y letal de manera racional, protegiendo legalmente a quien actúa para salvar su vida.»

García Trujillo & Asociados

Debate nacional y contexto legal

El caso ha abierto un debate sobre si un policía puede responder con un arma de fuego ante un ataque con cuchillo. El Código Penal Colombiano, en su artículo 32, numeral 6, y la jurisprudencia de la Corte Suprema consignada en la sentencia SP4289-2020, establecen cinco condiciones para que opere la legítima defensa: agresión injusta, real e inminente; necesidad racional del medio empleado; ausencia de provocación suficiente por parte de quien se defiende; y que la defensa no sea desproporcionada. El bufete asegura que todas estas condiciones se cumplen en este caso. Además, recordaron que la Fiscalía tiene la obligación de solicitar la preclusión del caso ante un juez, conforme a los artículos 331 y 332 del Código de Procedimiento Penal, si se demuestra que el policía actuó para repeler una agresión injusta.

“Someter a un ciudadano o policía a un juzgamiento prolongado habiendo operado en legítima defensa clara desnaturaliza la justicia y genera el fenómeno de la pena del proceso”, señaló el colectivo de abogados. El uniformado fue atendido por las lesiones sufridas durante el ataque, mientras que la Fiscalía mantiene abierta una investigación formal por homicidio (artículo 103 del Código Penal) a la espera de que se esclarezcan los hechos. Las imágenes de seguridad, que muestran al joven atacando por la espalda sin mediar palabra, son una de las pruebas clave que la defensa presentará para sustentar su tesis de legítima defensa.

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