El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un fallo de primera instancia el pasado 6 de agosto de 2025, en el que ordenó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) publicar de forma inmediata y completa en la plataforma Secop II toda la información relacionada con los contratos de adquisición y adjudicación de predios destinados a la Reforma Rural Integral. La decisión, adoptada por la Sección Primera, Subsección B del tribunal, se produjo como respuesta a una acción de cumplimiento interpuesta por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDeColombia), que cuestionó la falta de transparencia en los procesos contractuales del fondo de tierras.
Según la investigación judicial, durante el período comprendido entre enero de 2024 y julio de 2025, la ANT solo había publicado en el sistema electrónico de contratación pública los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, omitiendo por completo los procedimientos de compra directa de predios y las adjudicaciones de bienes del Fondo de Tierras. El tribunal realizó búsquedas con palabras clave como “Reforma Rural Integral” y “Manual de compra directa de predios”, sin encontrar registro alguno de dichos procesos. Para los magistrados, esta omisión constituyó un incumplimiento claro del artículo 2.2.1.1.1.7 del Decreto 1082 de 2015 y del numeral 9.5 del Manual de Contratación de la propia ANT.
Un presupuesto millonario sin la debida publicidad
El Plan Anual de Adquisiciones de la ANT para el año 2026 contempla un presupuesto de 483.809 millones de pesos solo para la compra de predios, lo que representa el 42,21% del total de recursos destinados a la entidad. Estas cifras cobran especial relevancia si se tiene en cuenta que la Contraloría General de la República habría identificado presuntos hallazgos fiscales por aproximadamente 160.000 millones de pesos en procesos de adquisición de tierras. La falta de publicidad en Secop II impedía el control ciudadano y de los organismos de vigilancia sobre estas millonarias operaciones que son fundamentales para el desarrollo de la Reforma Rural Integral.
La sentencia del tribunal no solo ordenó la publicación de los contratos principales, sino que extendió la exigencia a todos los documentos derivados de la ejecución contractual, como facturas, garantías, informes de supervisión y actas. Asimismo, exhortó a los supervisores e interventores de la ANT a que cumplan con la obligación de publicar los documentos que se generan durante la ejecución de los contratos. En caso de que exista información que por ley deba permanecer bajo reserva, la entidad queda obligada a justificar detalladamente las razones de dicha reserva.
Un llamado a la transparencia en la reforma rural
El tribunal fue enfático al señalar que el régimen especial que rige la compra de predios para la Reforma Rural Integral no exime a la Agencia Nacional de Tierras de cumplir con sus deberes de transparencia y publicidad. La decisión judicial representa un precedente importante para garantizar que los recursos destinados a la adquisición de tierras, que son el eje central de la reforma rural, puedan ser auditados y monitoreados por la ciudadanía y los organismos de control. La sentencia, que aún puede ser apelada por parte de la ANT, deja en evidencia una práctica de opacidad que había impedido conocer a profundidad el destino de miles de millones de pesos en un proceso clave para la paz y el desarrollo del campo colombiano.










