El expresidente colombiano Gustavo Petro reveló que la aerolínea Avianca le suspendió un vuelo después de que fuera incluido en la denominada Lista Clinton de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos. El hecho salió a la luz durante una entrevista con el expresidente ecuatoriano Rafael Correa para el programa “Conversando con Correa”, grabada en Ciudad de México. Correa señaló que Petro venía de Colombia y al intentar volar hacia la capital mexicana, Avianca le negó el transporte. “Venía de Colombia, esta entrevista se está grabando en Ciudad de México, en un vuelo de Avianca y te suspendieron”, dijo Correa, a lo que Petro respondió: “Sí, sí”.
El periodista Juan Camilo Merlano, corresponsal de Noticias Caracol en Washington, analizó el episodio y explicó que se trata de un caso de “overcompliance” o sobrecumplimiento. Según Merlano, la sanción impuesta a Petro bajo la Orden Ejecutiva 14059, específicamente en la sección 2(a)(i), ordena bloquear bienes e intereses patrimoniales en Estados Unidos o bajo control de personas estadounidenses, y prohíbe transferirlos o realizar transacciones con ellos. “La sanción impuesta a Petro, estrictamente remitiéndonos al documento, es un bloqueo patrimonial”, afirmó Merlano. Sin embargo, aclaró que Petro no fue sancionado bajo los apartados (ii) a (vi) de la misma orden, que son los que podrían incluir restricciones de viaje o personales. En consecuencia, la medida no limita su movilidad ni le impide abordar vuelos comerciales.
Overcompliance y sus consecuencias prácticas
No obstante, las empresas, por temor a exponerse a sanciones secundarias o a enfrentar procesos legales, aplican restricciones más amplias de lo que exige la normativa. “Por curarse en salud”, explicó Merlano, las compañías no verifican el alcance exacto de las sanciones y extienden sus prohibiciones a cualquier servicio, incluso cuando el sustento legal no las cubre. El periodista señaló que funcionarios de la propia OFAC reconocen de manera informal este fenómeno, y que la consecuencia práctica es que una sanción limitada al patrimonio termina generando obstáculos operativos reales para la persona afectada, como la imposibilidad de viajar en aerolíneas como Avianca. “Ahora vaya y diga eso en el counter de Avianca”, comentó Merlano, aludiendo a la dificultad de explicar en el mostrador que la sanción no prohíbe volar, pero que la empresa aplica un criterio más restrictivo.
“Venía de Colombia, esta entrevista se está grabando en Ciudad de México, en un vuelo de Avianca y te suspendieron”
Rafael Correa, expresidente de Ecuador
El caso de Petro se suma a una práctica extendida en la que entidades financieras, aerolíneas y otras compañías aplican filtros automatizados que bloquean a cualquier persona incluida en listas de la OFAC, sin distinguir el alcance concreto de la sanción. Esto revela una brecha entre la letra de las medidas y su implementación real, donde el sobrecumplimiento se convierte en una barrera adicional para figuras públicas señaladas por Estados Unidos, incluso cuando la restricción legal no las inmoviliza.










