Cámara inicia trámite para corregir nueve artículos de reforma pensional

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La Cámara de Representantes de Colombia inició formalmente el trámite para subsanar los vicios de procedimiento detectados por la Corte Constitucional en nueve artículos de la reforma pensional, luego de que el alto tribunal devolviera el expediente mediante la Sentencia C-264 de 2026. La decisión judicial, aprobada por siete votos contra uno —con el salvamento de voto del conjuez Carlos Pablo Márquez—, declaró exequible la mayor parte de la reforma, pero identificó defectos de trámite legislativo en artículos específicos que deben ser corregidos antes de que la ley pueda entrar en vigor de manera integral.

El plazo de 30 días hábiles comenzó a correr el jueves 17 de septiembre de 2026, tras la notificación por edicto hecha desde el martes 15 del mismo mes. Esto significa que el Congreso tiene hasta el jueves 29 de octubre de 2026 para aprobar las correcciones, sin contar sábados, domingos ni el festivo del 12 de octubre. Para dar seguimiento al proceso, la plenaria de la Cámara aprobó el 16 de septiembre la conformación de una comisión accidental, cuyo coordinador será el representante Jonathan Pineda, del Centro Democrático. Los firmantes de la proposición incluyen al primer vicepresidente de la Cámara, Simón Molina (Partido Creemos), y a la representante Jezmi Barraza (Partido Liberal), entre otros señalados por la mesa directiva. La comisión se sustenta en el artículo 202 de la Ley 5 de 1992 y tendrá la tarea de estudiar cada uno de los puntos devueltos.

Los artículos que deben ser corregidos

Entre los nueve artículos que la Corte ordenó subsanar se encuentran el 84, que establece la exención del impuesto de renta para pensiones hasta 1.000 UVT mensuales —equivalentes a unos 47 millones de pesos en 2024—, y el 93, que crea un régimen especial para pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinas. También deberá revisarse un inciso del artículo 92, referido a la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. La sentencia completa tiene 178 páginas y no reabre el debate sobre el conjunto de la reforma, sino únicamente los apartados con fallas de procedimiento en su aprobación legislativa. Si tras el nuevo debate surgieran diferencias entre Senado y Cámara, se activará un mecanismo de conciliación, cuyo tiempo no descuenta del plazo actual.

«Asumiré la coordinación de este espacio con una tarea clara: estudiar con rigor los puntos que debe volver a tramitar la Cámara y hacer seguimiento a un tema que impacta directamente a millones de colombianos. Las decisiones sobre las pensiones de los colombianos merecen estudio, debate y responsabilidad».

Jonathan Pineda, representante a la Cámara (Centro Democrático)

La reforma pensional fue sancionada por el gobierno de Gustavo Petro, y su aplicación integral está prevista para el 1 de abril de 2027, siempre que se completen las correcciones ordenadas por la Corte. El proceso que ahora emprende la Cámara resulta clave para definir el futuro de millones de afiliados y pensionados en el país, en medio de un calendario que exige celeridad y rigor técnico.

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