El presidente del Congreso de la República, Honorio Henríquez, y el presidente de la República, Abelardo de la Espriella, ofrecieron disculpas públicas en cumplimiento de un fallo de tutela que declaró que el acto religioso incluido en la ceremonia de posesión presidencial del 7 de agosto de 2026 vulneró la neutralidad religiosa del Estado colombiano. La decisión judicial, emitida el 26 de agosto por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá, ordenó la presentación de excusas por haber incorporado un punto de “invocación y alabanza” en el orden del día de la sesión del Congreso en pleno, un hecho que según el tribunal atentó contra el carácter laico del Estado.
Honorio Henríquez cumplió con la medida al leer una manifestación en sesión del Congreso, en la que expresó: “Ofrezco disculpas al pueblo colombiano”. Previamente, el presidente del Legislativo detalló que la inclusión del punto religioso se realizó a petición de la Cancillería, en el marco del protocolo conjunto de esa sesión. “En la sesión del Congreso en pleno del 7 de agosto de 2026, convocada por mandato constitucional para la posesión del señor presidente de la República, doctor Abelardo de la Espriella, el punto invocación y alabanza se incluyó en el orden del día a petición de la Cancillería en el marco del protocolo conjunto de esa sesión”, señaló Henríquez, quien también anunció que en actos oficiales futuros con representación del Congreso se garantizará la neutralidad religiosa del Estado.
Impugnación y autonomía del Legislativo
Pese a acatar la orden judicial, el Congreso presentó una impugnación contra el fallo. Henríquez aclaró que las disculpas se emitían “con pleno respeto de las decisiones judiciales y sin perjuicio de la impugnación presentada contra el fallo en defensa de la autonomía del Congreso y en el marco de la libertad de culto consagrada en la Constitución Política colombiana”. No obstante, el presidente del Congreso cerró su intervención con una frase que generó controversia: “Agradezco su atención y seguiremos trabajando de la mano de Dios con honor por Colombia”, lo que refleja la tensión entre el cumplimiento del fallo y las convicciones personales de los funcionarios.
“Honorables senadores colombianos, en mi condición del presidente del Congreso de la República y en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá en sentencia de tutela del 26 de agosto de 2026, me permito hacer la siguiente manifestación”
Honorio Henríquez, presidente del Congreso de la República
La alocución presidencial de Abelardo de la Espriella
Por su parte, el presidente Abelardo de la Espriella emitió una alocución presidencial la noche del 30 de agosto de 2026 para también ofrecer excusas. En su discurso, el mandatario explicó que la elaboración del orden del día fue una facultad de las mesas directivas del Congreso y no una decisión suya. “Aunque me identifico como creyente, soy católico, respeto la separación entre la Iglesia y el Estado y garantizaré en el marco de mis funciones las libertades y los derechos de todos los colombianos sin ningún distinto, incluida la libertad de profesar cualquier religión o de no profesar ninguna”, afirmó De la Espriella, líder del movimiento político Defensores de la Patria.
El jefe de Estado fue enfático al reconocer que, si el acto protocolario generó incomodidad u ofendió a alguna persona, en su condición de presidente ofrecía excusas. “Si este acto pudo generar incomodidad o se ofendió a alguna persona, en mi condición de jefe de Estado, ofrezco excusas por ello”, señaló, al tiempo que reiteró su compromiso con la neutralidad religiosa del Estado y la protección de la libertad de culto para todos los colombianos.
“La elaboración del orden del día corresponde a una de las facultades de las mesas directivas de esa honorable corporación e incluyó un punto denominado invocación. Aunque me identifico como creyente, soy católico, respeto la separación entre la Iglesia y el Estado y garantizaré en el marco de mis funciones las libertades y los derechos de todos los colombianos sin ningún distinto, incluida la libertad de profesar cualquier religión o de no profesar ninguna”
Abelardo de la Espriella, presidente de la República
El caso sienta un precedente sobre los límites de la libertad de culto en actos oficiales del Estado colombiano y reabre el debate sobre la laicidad en las ceremonias protocolarias. Mientras el Congreso impugna la sentencia, el presidente De la Espriella aseguró que su fe personal no limitará los derechos de quienes profesan otras creencias o no tienen ninguna afiliación religiosa, lo que deja abierta la discusión sobre cómo garantizar la neutralidad del Estado sin vulnerar las convicciones de los funcionarios públicos.










