El Tribunal Superior de Medellín confirmó en segunda instancia la condena de 28 años de prisión contra José Miguel Narváez Martínez, exsubdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), por su responsabilidad como determinador del secuestro extorsivo agravado de la entonces senadora Piedad Córdoba. El fallo ratifica íntegramente la sentencia proferida el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín, que ya había declarado penalmente responsable al exfuncionario por este delito cometido el 21 de mayo de 1999, cuando la congresista fue interceptada por las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) mientras acudía a una cita médica en el barrio El Poblado de Medellín.
Además de la pena privativa de la libertad, el Tribunal impuso una multa equivalente a 3.499 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilitación por 20 años para ejercer derechos y funciones públicas. La justicia estableció que Narváez no solo instigó la retención al entregar grabaciones obtenidas ilegalmente al jefe paramilitar Carlos Castaño, sino que participó activamente como ideólogo de la estructura que ejecutó el secuestro, el cual se prolongó durante 14 días, desde el 21 de mayo hasta el 4 de junio de 1999. El delito fue calificado como de lesa humanidad, lo que impide que la acción penal prescriba, y la investigación se tramitó bajo la Ley 600 de 2000, a cargo de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación.
El papel de Narváez en el entramado paramilitar
La Fiscalía logró demostrar que el exsubdirector del DAS propuso a Carlos Castaño retener y asesinar a Piedad Córdoba, a quien señalaba de colaborar con el ELN, y para ello le entregó información clasificada del organismo de seguridad. La justicia señaló que las actuaciones de Narváez se enmarcaron en una doctrina de «enemigo interno» usada para justificar persecuciones contra líderes sociales y opositores políticos. La sentencia ordena cumplir la pena en un establecimiento carcelario, y una vez ejecutoriada la providencia, el expediente digital regresará al juzgado de origen para comunicar formalmente la decisión y continuar las actuaciones.
«CONFIRMAR en su integridad la sentencia proferida el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín, mediante la cual se declaró penalmente responsable a JOSÉ MIGUEL NARVÁEZ MARTÍNEZ, en calidad de determinador, del punible de SECUESTRO EXTORSIVO AGRAVADO (artículos 169 y 170, numeral 9, del Código Penal), por las razones expuestas en la parte motiva»
Tribunal Superior de Medellín
Esta es la tercera condena conocida contra Narváez, quien ya había sido sentenciado a 26 años de prisión en 2018 por el asesinato del humorista y periodista Jaime Garzón, fallo que fue revisado en 2021, y a 12 años y 5 meses por tortura psicológica contra la periodista Claudia Julieta Duque, en una sentencia de agosto de 2024. La confirmación de la condena por el secuestro de Piedad Córdoba aún puede ser recurrida en casación ante la Corte Suprema de Justicia, lo que mantiene abierta la posibilidad de que el caso sea revisado por la máxima instancia judicial del país.










