La Alcaldía de Bogotá, a través de la Secretaría de Movilidad, confirmó la restricción vehicular del programa Pico y Placa para este martes 29 de septiembre de 2026, día impar. La medida se aplicará para automóviles particulares, motocicletas, taxis, transporte especial y vehículos de carga en todas las vías urbanas de la capital colombiana. Para los vehículos particulares, la restricción rige desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche, mientras que los taxis tienen una ventana que inicia a las 5:30 y finaliza a las 21:00 horas. Los vehículos de carga, por su parte, tienen prohibición en dos franjas específicas: de 6:00 a 8:00 y de 17:00 a 20:00.
La medida, vigente desde 1998, busca reducir la congestión vehicular y la contaminación ambiental en la ciudad. Para los automóviles particulares en días impares, no pueden circular los vehículos cuyas placas terminen en los dígitos 6, 7, 8, 9 y 0. En el caso de los taxis y el transporte especial, la rotación se organiza por grupos de dos dígitos que cambian cada semana, correspondiendo esta semana a los dígitos 1 y 2. Adicionalmente, el Pico y Placa Regional se aplicará en los nueve corredores de ingreso a la ciudad, como la Autopista Norte, Autopista Sur, Avenida Centenario, Calle 80, Carrera 7, Avenida Boyacá vía al Llano, Vía Suba Cota, Vía a La Calera y Vía a Choachí, durante el último día de los puentes festivos, con horarios diferenciados según la paridad de la placa: de 12:00 a 16:00 para placas impares y de 16:00 a 20:00 para pares, y se exceptúa a los vehículos con tres o más ocupantes, personal médico y quienes tengan el Pico y Placa Solidario.
Multas y excepciones del Pico y Placa en Bogotá
Infringir la restricción del Pico y Placa conlleva una sanción económica significativa. La multa, tipificada como infracción C.14, asciende a 522.900 pesos colombianos, valor calculado con base en el año 2023, y además implica la inmovilización del vehículo. Para los sábados, la restricción para vehículos de carga varía según el peso y la antigüedad del automotor. Existen excepciones para vehículos eléctricos, híbridos, de cero emisiones, diplomáticos, de emergencia, aquellos destinados a personas con discapacidad y transporte escolar, siempre que estén previamente registrados en la Secretaría de Movilidad. También se permite la circulación durante la restricción a los vehículos que cuenten con tres o más ocupantes desde el inicio del viaje, y aquellos que adquieran el permiso del Pico y Placa Solidario.










