El Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa emitió un fallo histórico el pasado 22 de septiembre al suspender de manera preventiva el plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio que el gobierno de Abelardo de la Espriella proyectaba ejecutar en nueve municipios de Putumayo. La decisión judicial obliga a detener el programa hasta que las entidades responsables demuestren el cumplimiento de una serie de condiciones constitucionales, legales, ambientales, sanitarias, participativas y de consulta previa. El plan, autorizado mediante la Resolución 0007 de 2026, contemplaba fumigar desde el aire durante siete días un máximo de 1.000 hectáreas de cultivos ilícitos, utilizando el herbicida no selectivo glufosinato de amonio 200 SL.
La suspensión fue solicitada mediante una acción de tutela que amparó los derechos de los accionantes, quienes argumentaron que el proyecto carecía de los requisitos mínimos exigidos por la ley. El juzgado consideró que no se había obtenido una licencia ambiental específica de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) para la sustancia, la modalidad aérea y el territorio a intervenir, ni una evaluación técnica del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de Salud sobre los riesgos para la población. El gobierno, a través del Ministerio de Justicia, impugnó el fallo el 25 de septiembre, alegando que el piloto no tiene una fecha definida de ejecución y que, por tanto, no existe un riesgo inminente. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Putumayo será el encargado de resolver la impugnación y determinar si la medida cautelar se mantiene o se revoca.
Las cifras de la coca en Putumayo
De acuerdo con los registros oficiales, Colombia alberga 261.000 hectáreas de cultivos ilícitos, de las cuales Putumayo concentra 40.565. No obstante, el panorama para una eventual fumigación es complejo: 35.164 hectáreas, equivalentes al 86,7% del total departamental, cuentan con algún tipo de restricción o protección que las excluye del plan. Entre esas áreas protegidas figuran 14.946 hectáreas del programa RenHacemos, 5.426 de resguardos indígenas, 5.387 del Plan de Manejo Ambiental de la ANLA, 4.419 por pretensiones étnicas y fallos judiciales, 2.102 en zona de frontera, 1.621 del Programa de Sustitución, 1.003 de parques nacionales y 260 de consejos comunitarios. Esto deja apenas 5.401 hectáreas potencialmente intervenibles, de las cuales el piloto solo pretendía cubrir 1.000 durante siete días.
Distribución municipal y áreas excluidas
El plan piloto se concentraría en nueve municipios de Putumayo: Puerto Asís, con 1.647 hectáreas disponibles; Orito, con 1.111; Puerto Guzmán, 799; Valle del Guamuez, 787; Puerto Caicedo, 571; Villagarzón, 267; Leguízamo, 161; San Miguel, 38; y Mocoa, 22. Cabe anotar que el gobierno aclaró que no existe un polígono operacional definitivo, aunque sí se delimitaron las zonas excluidas. El Ministerio de Justicia, en su impugnación, cuestionó que el juzgado aplicara al glufosinato los mismos criterios que la Corte Constitucional ha establecido para el glifosato, y pidió que, en caso de no revocarse la decisión, se precise la duración de la suspensión y sus efectos una vez se presente la acción popular que ya se anunció. Mientras tanto, la orden de suspensión preventiva sigue vigente, a la espera de lo que decida el Tribunal Administrativo de Putumayo. La comunidad y las organizaciones ambientales celebran el fallo como un freno a lo que consideran una medida riesgosa sin los debidos controles.










