Tribunal condena a Cancillería por demora en repatriación de colombiano fallecido en Chile.

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró responsable al Ministerio de Relaciones Exteriores por las demoras administrativas que impidieron la repatriación médica oportuna de un ciudadano colombiano de 71 años, quien falleció en Chile en febrero de 2018 tras permanecer en estado vegetativo luego de sufrir un paro cardiorrespiratorio en abril de 2017. La entidad fue condenada a indemnizar por perjuicios morales a la esposa e hijos del hombre, así como por lucro cesante a uno de ellos que debió abandonar su trabajo para atender el caso.

De acuerdo con el fallo, la familia solicitó en reiteradas ocasiones apoyo económico al consulado colombiano en Chile para costear un avión ambulancia que permitiera el traslado del paciente, quien se encontraba en Antofagasta. Pese a que los médicos determinaron que el hombre podía ser movilizado y que tanto el personal de trabajo social del hospital como el propio consulado recomendaron el retorno, las peticiones fueron rechazadas bajo el argumento de que recibía atención médica gratuita en ese país y que el traslado no se consideraba urgente. Ante la negativa, los familiares interpusieron una acción de tutela y un juez ordenó a la Cancillería gestionar la repatriación, pero el proceso avanzó con lentitud y el ciudadano falleció antes de que se concretara.

Responsabilidad estatal por vulnerabilidad extrema

El Tribunal consideró que la respuesta de la Cancillería fue tardía frente a una persona en condición de extrema vulnerabilidad. Señaló que el Estado no podía limitarse a constatar que el hombre recibía atención médica en Chile, sino que debía evaluar factores como su edad avanzada, la gravedad de su estado de salud, la falta de recursos económicos de la familia y la necesidad de acompañamiento familiar en un momento tan crítico. La sentencia recalcó que la asistencia consular debe analizar las condiciones concretas de cada ciudadano, especialmente cuando se encuentra en situaciones de especial vulnerabilidad, y que la obligación del Estado incluía orientar a los familiares y adelantar gestiones para encontrar una institución médica receptora en Colombia.

Además de la indemnización económica, el Tribunal ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y publicar la sentencia en su página web y redes sociales. Las demoras administrativas no solo impidieron que el ciudadano pudiera morir en su país junto a sus seres queridos, sino que también generaron un profundo impacto en la familia, que permaneció a la espera del regreso mientras adelantaba infructuosamente los trámites. La información fue dada a conocer por Blu Radio a través de un reporte de Colprensa.

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