Salario mínimo 2027: 8% técnico vs. 10% político que reclaman sindicatos

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La negociación del salario mínimo para 2027 en Colombia se perfila como una de las más complejas de los últimos años, con un escenario dividido entre un aumento técnico cercano al 8% y uno político de entre 9% y 10%, cuyos efectos podrían sentirse sobre el empleo formal, las micro, pequeñas y medianas empresas, y el gasto pensional del Estado. La discusión está en manos de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, integrada por el Gobierno, los gremios y las centrales obreras, que deberán definir un incremento que regirá en 2027, a partir de los datos de inflación de cierre de 2026 y de productividad, tal como lo establece la fórmula legal vigente desde la sentencia C-815 de 1999.

El punto de partida de la discusión es un salario mínimo de dos millones de pesos en 2026, incluido el auxilio de transporte. Sobre esa base, el cálculo técnico que combina la inflación del año anterior, estimada en torno al 7%, más una productividad de entre 1 y 1,5 puntos porcentuales, arrojaría un ajuste cercano al 8%. Sin embargo, las centrales obreras ya han puesto sobre la mesa una expectativa de aumento de entre 9% y 10%, una brecha que, según los analistas, no obedece a un resultado matemático sino a una decisión de concertación política.

La disyuntiva entre el cálculo técnico y la presión sindical

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados y uno de los expertos que sigue de cerca la negociación, explicó que el comportamiento de la inflación en los próximos meses será determinante para fijar el piso técnico del ajuste. En particular, advirtió sobre el impacto del fenómeno de El Niño, que podría alterar las proyecciones de manera significativa.

«Una inflación de cierre superior al 7%. Si el (fenómeno de) El Niño o la indexación llevan el índice de precios al consumidor (IPC) de diciembre a 7,5% u 8%, la fórmula de inflación más productividad se acerca por sí sola al 9%»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

De hecho, Corficolombiana ha advertido que desde abril de 2026 hay un fenómeno de El Niño moderado, con efectos iniciales en los precios de energía en bolsa. Según Salazar, ese impacto se transmite por dos canales: el energético, por la menor generación hidráulica y el mayor precio de bolsa trasladado a las tarifas, y el de alimentos perecederos, por la sequía y las menores cosechas, con un rezago de varios meses. Si el IPC de cierre del año sube, el piso legal del ajuste sube también, algo que juega a favor de las centrales obreras, pero que no necesariamente refleja la realidad económica de las empresas.

Salazar insistió en que un aumento de 9% o 10% carece de justificación técnica con las cifras actuales. El experto señaló que esa magnitud de incremento sería una decisión de concertación política, no un resultado derivado de la fórmula, y que la ganancia real que dejaría para los trabajadores sería modesta en términos relativos.

«El 9% o 10% no se justifica con las cifras de hoy. Sería una decisión de concertación política, no un resultado técnico»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

Otro de los puntos técnicos que atraviesa la discusión es la forma de medir la productividad. Salazar explicó que no es lo mismo medirla con base en la productividad total de los factores que hacerlo por hora trabajada, y que la reducción de la jornada laboral a 42 horas, vigente desde julio de 2026 según la Ley 2101 de 2021, eleva la productividad por hora y puede ser utilizada como argumento sindical para presionar el alza.

«Medir con productividad total de los factores da un resultado distinto que medir por hora trabajada. La reducción de la jornada a 42 horas desde julio de 2026, prevista en la Ley 2101 de 2021, eleva la productividad por hora y puede usarse como argumento sindical»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

Los costos ocultos para las mipymes

Más allá del porcentaje de aumento, el debate pone sobre la mesa un tema estructural: el costo laboral total de un trabajador que gana el salario mínimo supera aproximadamente en un 50% el salario nominal, por concepto de prestaciones sociales, seguridad social, aportes parafiscales y auxilio de transporte. Eso implica que cada punto de aumento se multiplica en términos del gasto real del empleador, un factor que afecta con especial fuerza a las mipymes, que son las que menos capacidad tienen de absorber esos sobrecostos.

«El costo total de un trabajador de salario mínimo supera aproximadamente en 50% el salario nominal, por prestaciones, seguridad social, aportes parafiscales y auxilio de transporte. Cada punto de aumento se multiplica»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

A ese escenario se suman los impactos acumulados de las reformas recientes. En 2026 ya hubo un incremento del 23,7%, que se combina con la reducción de la jornada a 42 horas y con la reforma laboral contenida en la Ley 2466 de 2025, que aumenta progresivamente los recargos por trabajo dominical y festivo. El resultado, según los empresarios, es una presión financiera sin precedentes para los sectores más intensivos en mano de obra, como el comercio, los restaurantes, la vigilancia privada, el aseo, el agro y la confección.

«A ese costo se suman el 23,7% de 2026, la reducción de jornada y el aumento progresivo de los recargos por trabajo dominical y festivo de la reforma laboral, Ley 2466 de 2025»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

La lectura que hacen los expertos es que el problema no es el aumento de un solo año, sino la acumulación de choques en un período muy corto. La suma de la inflación pasada, la reducción de la jornada y la reforma laboral configuran un panorama en el que las empresas de menor tamaño enfrentan un incremento considerable de sus costos de operación.

«Para una mipyme, el problema no es el aumento de un año sino la suma de tres choques de costo en menos de 24 meses»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

El efecto sobre las pensiones y la informalidad

La decisión que se tome en la Comisión Permanente de Concertación también tiene implicaciones directas sobre el gasto público. Cada punto de aumento del salario mínimo se traduce en un mayor costo para el Estado, dado que el artículo 48 de la Constitución impide que una pensión sea inferior al mínimo legal. Por esa vía, un incremento de 9% o 10% ampliaría de manera inmediata el gasto pensional del Gobierno, en un momento en que las finanzas públicas ya enfrentan presiones por distintos frentes.

«El artículo 48 de la Constitución impide que una pensión sea inferior al salario mínimo. Por eso cada punto de aumento incrementa el gasto pensional del Estado»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

El contexto laboral colombiano añade otra capa de complejidad: más de la mitad de los ocupados trabajan en la informalidad, es decir, el salario mínimo no es un referente real para una porción mayoritaria del mercado laboral. Además, Colombia tiene uno de los niveles relativos más altos de la OCDE en cuanto a la relación entre el salario mínimo y el salario mediano, lo que significa que el mínimo no es un simple piso, sino el salario que efectivamente paga gran parte del aparato productivo.

«El salario mínimo está muy cerca del salario mediano, uno de los niveles relativos más altos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde). Esto significa que el mínimo es el salario que paga gran parte del aparato productivo, no un simple piso»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

En cuanto a la ganancia real para los trabajadores, Salazar fue cauto. Con una inflación de 7%, un aumento de 9% dejaría cerca de dos puntos reales, y uno de 10% cerca de tres puntos. Sin embargo, advirtió que esa ganancia debe medirse frente a la inflación de 2027, no frente a la del año anterior, y que si el aumento alimenta los precios de servicios, arriendos y alimentos preparados, parte de esa mejora se diluye durante el año.

«La ganancia real se mide frente a la inflación de 2027, no frente a la de 2026. Si el aumento alimenta precios de servicios, arriendos y alimentos preparados, parte de esa ganancia se diluye durante el año»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

El Banco de la República ya ha advertido sobre los riesgos de transmisión de costos e indexación, y los analistas coinciden en que un aumento muy por encima de los fundamentos técnicos podría empujar a más empresas hacia los contratos de prestación de servicios, la reducción de la contratación o la formalidad parcial.

«Un aumento muy por encima de inflación y productividad empuja hacia contratos de prestación de servicios, reducción de contratación o formalidad parcial»

Santiago Salazar, director Jurídico de SH Abogados

La negociación de 2027 será entonces una prueba de equilibrio para la comisión de concertación. Por un lado, la fórmula técnica sugiere un ajuste cercano al 8%. Por el otro, las expectativas sindicales, la incertidumbre climática y el legado de las reformas recientes presionan hacia un número mayor. La discusión, que aún está en curso, tendrá que resolver no solo cuánto sube el mínimo, sino cómo evitar que ese aumento, en lugar de proteger el poder adquisitivo, termine golpeando el empleo y la productividad del país. La participación salarial en el ingreso nacional, una variable legal que suele tener menor presencia en el debate público, quedará también en juego en una decisión que marcará el rumbo económico de 2027.

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