La Secretaría de Movilidad de Bogotá generó confusión entre los conductores capitalinos al publicar las reglas del Pico y Placa para el miércoles 7 de octubre de 2026, pues el comunicado oficial contiene información contradictoria sobre qué vehículos particulares estarán restringidos ese día. Mientras en un listado inicial se afirma que todos los automóviles particulares y motos tienen restricción, la explicación general del programa indica que el miércoles, al ser un día impar, solo podrían circular los vehículos cuyas placas terminen en los dígitos 1, 2, 3, 4 o 5, dejando fuera a aquellos con último dígito entre 6 y 0.
La normativa establece que los vehículos particulares se dividen en dos grupos según el último dígito de la placa: los que terminan en 1, 2, 3, 4 o 5 no pueden circular los días pares, mientras que los que terminan en 6, 7, 8, 9 o 0 tienen prohibición los días impares. Como el 7 de octubre es impar, el grupo restringido sería el de placas finalizadas en 6, 7, 8, 9 o 0. Sin embargo, la tabla de resumen publicada por la Secretaría señala “Particulares: Todos” y “Motos: Todos”, lo que ha generado incertidumbre entre los ciudadanos a pocos días de la aplicación de la medida.
El programa Pico y Placa, vigente desde 1998, busca reducir la congestión vehicular y la contaminación ambiental en Bogotá. Para los vehículos particulares, la restricción opera de lunes a viernes entre las 6:00 y las 21:00 horas. Infringir la norma constituye la infracción C.14, cuya multa asciende a 522.900 pesos colombianos, según el valor actualizado a 2023, además de la inmovilización del vehículo. No obstante, existen excepciones que permiten circular incluso con el pico y placa activo, siempre que el vehículo esté previamente registrado en la Secretaría de Movilidad: automóviles eléctricos, híbridos o de cero emisiones, motos, vehículos diplomáticos, funerarios, de emergencia, adaptados para personas con discapacidad, grúas, medios de comunicación, autoridades, transporte escolar, de enseñanza automovilística y aquellos con tres o más ocupantes.
Además, el denominado “Pico y Placa Solidario” ofrece una alternativa para quienes deseen circular sin restricción todos los días a cambio de un aporte económico destinado al transporte público. Para los taxis y vehículos de transporte especial, la restricción es semanal y se aplica de lunes a viernes desde las 5:30 hasta las 21:00 horas, con grupos de dos dígitos que rotan cada semana: 1-2, 3-4, 5-6, 7-8, 9-0. Los vehículos de carga, por su parte, tienen dos horarios de restricción: de 6:00 a 8:00 y de 17:00 a 20:00, y solo pueden circular los sábados dependiendo de su peso y antigüedad. El programa no aplica los fines de semana ni los días festivos.
Un aspecto adicional que suma complejidad es el “Pico y Placa Regional”, que se implementa el último día de cada puente festivo en los nueve corredores de ingreso a Bogotá. En esta modalidad, la restricción para las placas impares va de 12:00 a 16:00 horas, mientras que para las pares es de 16:00 a 20:00 horas. A diferencia del Pico y Placa ordinario, aquí no aplican excepciones por ocupantes, personal médico ni el Pico y Placa Solidario. Ante la contradicción en la información oficial, la Alcaldía de Bogotá no ha emitido una aclaración hasta el cierre de esta edición, por lo que se recomienda a los conductores consultar directamente la página de la Secretaría de Movilidad o utilizar las líneas de atención ciudadana para evitar sanciones.










