El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1491 del 6 de octubre de 2026, una medida que flexibiliza la compra de combustibles líquidos para plantas térmicas ante las contingencias que amenacen la confiabilidad del sistema eléctrico, en el marco del fenómeno de El Niño 2026-2027. La ministra de Minas y Energía, María Nohemí Arboleda Arango, explicó que la norma modifica el Decreto 1073 de 2015, que hasta ahora obligaba a los grandes consumidores con instalación fija o temporal a abastecerse exclusivamente de un distribuidor mayorista, y establece dos excepciones clave para garantizar el suministro eléctrico durante la temporada seca.
El primer caso aplica a grandes consumidores con instalación fija que consuman al menos 420.000 galones mensuales de ACPM, quienes podrán adquirir el combustible directamente de importadores o refinadores. La segunda excepción es aún más relevante para el sector eléctrico: las plantas térmicas que tengan la condición de Grandes Consumidores Individuales No Intermediarios de ACPM podrán comprar combustibles de distintos distribuidores mayoristas si existen restricciones operativas, de logística o de disponibilidad de producto, previamente justificadas, que pongan en riesgo la confiabilidad del sistema eléctrico nacional. El Sistema de Información de Combustibles Líquidos (Sicom) será el encargado de validar y autorizar la habilitación de múltiples proveedores.
Contexto de emergencia climática
La decisión se produce en un momento crítico. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) proyecta que el fenómeno de El Niño 2026-2027 podría alcanzar una intensidad “muy fuerte” entre el último trimestre de 2026 y el primero de 2027, con una probabilidad superior al 90 %. Además, existe un 75 % de probabilidad de que la intensidad supere la de eventos registrados desde 1950 durante el último trimestre de 2026. La reducción de lluvias y el aumento de temperaturas pueden disminuir caudales y niveles de embalses, afectando la generación hidroeléctrica, por lo que se requiere el respaldo térmico. Ante este panorama, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) activó un período de riesgo de desabastecimiento y fijó una generación térmica mínima de 95 GWh/día.
“Cuando se presenten restricciones operativas, de logística y/o de disponibilidad de producto, previamente justificadas, que estén relacionadas con el abastecimiento de combustibles líquidos para la generación térmica y que pongan en riesgo la confiabilidad del sistema eléctrico nacional, las plantas térmicas, bajo su condición de Grandes Consumidores Individuales No Intermediarios de ACPM, podrán adquirir combustibles de diferentes distribuidores mayoristas”, señaló la ministra Arboleda, citando el texto del decreto. En declaraciones adicionales, la funcionaria subrayó que “desde el Gobierno Nacional actuamos con rigor técnico, seguimiento permanente y coordinación con los agentes del sector para anticipar riesgos frente al fenómeno de El Niño”, y que la norma “fortalece la capacidad de las plantas térmicas para respaldar la atención de la demanda y contribuir a la continuidad del servicio de energía ante eventuales contingencias”.
“Desde el Gobierno Nacional actuamos con rigor técnico, seguimiento permanente y coordinación con los agentes del sector para anticipar riesgos frente al fenómeno de El Niño”
María Nohemí Arboleda Arango, ministra de Minas y Energía
El nuevo decreto se enmarca en el Plan Energía YA, que incluye inversiones por 1,9 billones de pesos y mesas técnicas semanales realizadas por el Ministerio de Minas y Energía, así como un seguimiento permanente a través del Comité de Abastecimiento de Combustibles. La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio advirtió que las plantas requerían más de una fuente de suministro frente a posibles restricciones de mercado o transporte. La primera excepción del decreto también cubre combustibles para quemadores industriales, como combustóleos, fuel oil, gasolina natural o nafta. El decreto, firmado el 6 de octubre de 2026, entra en vigor el 7 de octubre y mantiene la trazabilidad a través del Sicom, sin eliminar los controles existentes.










