El Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad contra el nombramiento de Lina María Garrido Martín como directora de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), pero negó la solicitud de suspensión provisional mientras avanza el proceso judicial. La Sección Quinta del alto tribunal, mediante auto del 10 de septiembre de 2026, consideró que aunque la demanda cumple con los requisitos formales para ser estudiada, las pruebas presentadas en esta etapa cautelar son insuficientes para ordenar la salida inmediata de la funcionaria. La controversia gira en torno al Decreto 1149 del 10 de agosto de 2026, con el que fue designada Garrido Martín, y que ahora será examinado en su legalidad de fondo.
La demanda, radicada el 14 de agosto de 2026, fue presentada dentro del plazo legal de 30 días que vencía el 22 de septiembre. La parte demandante, cuya identidad no fue revelada, cuestiona que la experiencia profesional de Garrido Martín, quien ha ocupado cargos como asesora de la Unidad de Trabajo Legislativo, concejal de Arauca, candidata a la asamblea departamental y representante a la Cámara, corresponde a un perfil político y legislativo, no a las funciones técnicas requeridas para dirigir la ANT. Además, se alega que su hoja de vida no fue publicada con la antelación de tres días que exige la normativa, un requisito que, según el demandante, fue omitido en este proceso de designación.
Los argumentos del Consejo de Estado
En su decisión, la Sección Quinta del Consejo de Estado advirtió que la negativa a suspender provisionalmente el nombramiento «no implica prejuzgamiento» sobre el resultado final del proceso. El tribunal consideró que las capturas de pantalla presentadas por la demandante como prueba, tomadas el 13 de agosto de 2026, es decir, después de la expedición del decreto, no permiten establecer con certeza si la información estuvo disponible antes de la designación. Asimismo, el alto tribunal recordó que el Decreto 1012, expedido el 5 de agosto de 2026 y vigente desde el día siguiente, suspendió por 15 días calendario la obligación de publicidad para empleos como el de directora de la ANT, lo que complejiza el análisis de ese punto en particular.
«No implica prejuzgamiento»
Sección Quinta del Consejo de Estado
La ANT había certificado que Garrido Martín cuenta con 129 meses de experiencia profesional relacionada, un dato que ahora será objeto de escrutinio detallado. Sin embargo, la falta de documentos oficiales que especifiquen las funciones ejercidas en sus cargos anteriores impidió que la Sección Quinta pudiera comparar esa experiencia con las exigencias del cargo en esta etapa cautelar. Por ello, el tribunal ordenó remitir todos los antecedentes del nombramiento, incluidas las certificaciones laborales, para que tanto el presidente de la República como el ministro de Agricultura y la propia directora de la ANT respondan formalmente ante la demanda.
El debate de fondo y su impacto
Mientras el proceso avanza hacia una sentencia definitiva, Garrido Martín permanecerá al frente de la Agencia Nacional de Tierras. La admisión de la demanda no implica su salida, pero abre una ventana de incertidumbre jurídica sobre su permanencia en el cargo. El trasfondo del caso revela una tensión recurrente en la administración pública colombiana: la idoneidad de perfiles políticos para dirigir entidades técnicas. En las próximas semanas, el Consejo de Estado deberá recaudar las pruebas necesarias para determinar si la experiencia acreditada por Garrido Martín cumple con los requisitos legales, o si, por el contrario, su nombramiento debe ser anulado. Mientras tanto, la directora continúa ejerciendo funciones, y la ANT sigue operando bajo su liderazgo, en medio de un proceso judicial que podría definir el futuro de la entidad.










