La Fiscalía General de la Nación acusó formalmente al sacerdote benedictino Manuel Cely Silva por los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales con menor de 14 años, ambos agravados, cometidos presuntamente contra un estudiante de seis años del Colegio San Carlos de Bogotá. La audiencia de acusación se realizó el 8 de octubre de 2026 y el anuncio público se hizo al día siguiente, con lo cual el caso pasa ahora a etapa de juicio oral. Cely Silva, quien fungía como exdirector del Monasterio de Tibatí, sacerdote del colegio y representante legal de la institución, había sido imputado inicialmente en diciembre de 2024, oportunidad en la que no aceptó los cargos.
Los hechos ocurrieron entre agosto de 2022 y agosto de 2023, es decir, durante un año escolar completo, cuando la víctima tenía seis años de edad. Según la investigación de la Unidad Especial de Investigación de Delitos Priorizados contra Niños, Niñas y Adolescentes (Uenna), el sacerdote habría llevado en varias oportunidades al menor a zonas privadas del Monasterio de Tibatí, donde presuntamente ocurrieron las conductas sexuales. El caso tomó un giro administrativo en septiembre de 2026, cuando la Secretaría de Educación de Bogotá sancionó al Colegio San Carlos por fallas en la activación del protocolo ante la denuncia, clasificando el caso como situación tipo III, es decir, presuntos delitos.
Fallas en la ruta de atención
El 11 de agosto de 2023, los padres del niño llevaron a la rectoría del colegio un informe de una psicóloga externa, lo que activó la obligación de implementar la ruta de atención. Sin embargo, la Secretaría de Educación identificó tres fallas principales: no se profundizó en las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos; no se remitió a la familia a servicios psicosociales; y no se demostró la existencia de medidas de prevención. La sanción administrativa, establecida mediante la Resolución 093 de la Dirección de Inspección y Vigilancia, consistió en una amonestación pública durante cinco días hábiles, basada en el artículo 36 de la Ley 1620 de 2013. Esta ley contempla sanciones en escala ascendente que incluyen desde la amonestación pública hasta la publicación de la sanción en un medio de alta circulación, la clasificación en régimen controlado de matrículas y, en el extremo, la cancelación de la licencia de funcionamiento.
El Colegio San Carlos, propiedad del Monasterio Benedictino de Tibatí y cuyo rector es Juan Fernando Corral Strassmann, sostenía que el sacerdote había sido apartado de sus funciones, pero la resolución administrativa mantiene a Cely Silva como representante legal de la institución. La acusación formal incorpora nuevos elementos materiales probatorios que serán debatidos en el juicio oral.
Disputa procesal en el caso
El proceso penal ha estado marcado por una disputa procesal interna. La fiscal original fue separada del caso y su reemplazo, William Giovanny Ángel Moreno, solicitó anular la imputación. La procuradora María Yazmín Cruz Mahecha se opuso a esa petición, y el juez Carlos Rafael Masmela Andrade debía resolver la cuestión en una audiencia que fue aplazada al 8 de octubre. La Fiscalía adelanta una investigación contra el fiscal Ángel Moreno por la solicitud de nulidad y por la presunta omisión de elementos probatorios que respaldarían el testimonio del menor. Con la acusación formal ahora en firme, el caso avanza hacia el juicio oral, donde se debatirán las pruebas y se determinará la responsabilidad del sacerdote en los delitos sexuales contra el niño de seis años.










