El Juzgado Primero Penal de Conocimiento de Barranquilla revocó en segunda instancia la decisión que ordenaba el reintegro de Silvia Gette Ponce como rectora de la Universidad Autónoma del Caribe, al considerar que los cambios estructurales que ha experimentado la institución hacen inviable restablecer las condiciones de su mandato. La determinación, que tumba el fallo emitido el 8 de abril de 2026 por el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías de la misma ciudad, se conoció apenas días después de que el juez Benjamín Jaimes Pérez, del Consejo Superior de la Judicatura seccional Atlántico, decretara la suspensión provisional del reintegro el 14 de abril de ese mismo año, en el marco de una acción de tutela presentada por el Ministerio de Educación.
El despacho judicial fundamentó su revocatoria en las profundas modificaciones que han sufrido los estatutos y los órganos de gobierno de la Universidad Autónoma del Caribe desde la época en que Gette estuvo al frente de la rectoría, entre 2003 y 2012. Según el fallo, la universidad actual no es la misma que dirigió la exfuncionaria, y no resulta constitucionalmente admisible devolverle un cargo bajo condiciones del pasado que ya no corresponden a la realidad institucional. La decisión inicial de reintegro se había apoyado, entre otros argumentos, en la posible falsificación de las actas de elección del actual rector, Ramsés Vargas Lamadrid, un extremo que la nueva determinación dejó sin efectos al priorizar la transformación estructural de la casa de estudios.
Una orden de pago millonaria agrava la situación de la universidad
En paralelo a la revocatoria, la universidad enfrenta un panorama financiero complejo. Un día antes de conocerse la decisión del Juzgado Primero Penal de Conocimiento, el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Barranquilla ordenó el pago de 7.586 millones de pesos a Silvia Gette Ponce y a sus hijos, por concepto de diferencias en la pensión de sobrevivientes que heredaron de Mario Ceballos Araújo, quien la recibía desde 1988 en virtud del Acuerdo 474 de ese año. A esto se suma el embargo de las cuentas de la institución por hasta 13.136 millones de pesos, una medida que compromete gravemente la liquidez de la universidad en un momento de alta incertidumbre jurídica.
El origen de esta disputa judicial se remonta a las investigaciones por soborno que llevaron a que Gette fuera apartada de la rectoría en 2013. En 2019, un juzgado la condenó en primera instancia a nueve años de prisión por el delito de abuso de confianza calificado y agravado, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Dos años después, en 2022, la Corte Suprema de Justicia ajustó la condena a cinco años de prisión por el manejo irregular de una cuenta bancaria en Estados Unidos, en un caso que también reveló autopréstamos realizados por la exrectora entre 2008 y 2012 por un valor de 1.075 millones de pesos.
«La posible configuración de irregularidades relevantes desde el punto de vista constitucional».
Benjamín Jaimes Pérez, juez del Consejo Superior de la Judicatura, seccional Atlántico
La acción de tutela interpuesta por el Ministerio de Educación, que fue admitida por el juez Jaimes Pérez, sigue pendiente de resolución de fondo. En ella, el organismo de control alegó una presunta vulneración de los derechos constitucionales y fundamentales al debido proceso, en un entramado jurídico que mantiene en vilo a la comunidad académica de la Universidad Autónoma del Caribe.
«La presunta vulneración de los derechos constitucionales y fundamentales al debido proceso».
Abogado representante del Ministerio de Educación
Con la revocatoria del reintegro, la situación jurídica de Silvia Gette Ponce continúa su curso entre instancias y recursos, mientras la universidad intenta sortear el impacto económico de las millonarias órdenes de pago y el embargo de sus cuentas. La decisión del Juzgado Primero Penal de Conocimiento de Barranquilla reafirma, al menos por ahora, que la institución que gobierna el rector Ramsés Vargas Lamadrid no puede ser reconfigurada para acoger a quien la dirigió bajo un esquema distinto, y deja abierta la puerta a que el Ministerio de Educación logre un pronunciamiento definitivo sobre las garantías procesales que considera vulneradas.










