Juez de Cali ordena arresto y multa a ministra del Trabajo y director del Sena

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En una decisión que sacude los cimientos del ámbito laboral colombiano, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali declaró en desacato a la ministra del Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, y al director del Sena, Fray Ricardo Torres Castro, por el presunto incumplimiento de una orden de tutela que protegía los derechos de Gregorio Alfredo Dajome Granja. El despacho judicial impuso a cada funcionario la sanción de tres días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, aunque la medida aún debe ser revisada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, que podrá confirmarla, modificarla o revocarla.

El origen de esta controversia se remonta a la tutela presentada por Dajome Granja, quien perdió su cargo tras un concurso de méritos y solicitó protección de sus derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada y al mínimo vital. El fallo de tutela T-097, emitido el 22 de julio de 2026, ordenó a las entidades evaluar alternativas para su reubicación laboral, ya fuera en vacantes de carrera administrativa o en cargos temporales. Sin embargo, el juzgado de Cali determinó que ni el Ministerio del Trabajo ni el Sena demostraron haber verificado las vacantes disponibles ni ejecutado gestiones concretas para materializar la reubicación ordenada.

“Nada han hecho”: el contundente reproche del juzgado

La providencia del juzgado es particularmente severa al calificar la actuación de las entidades demandadas. En un aparte de la decisión, el despacho judicial afirmó de manera categórica que “nada han hecho”, cuestionando además que el Sena no hubiera acreditado una respuesta de fondo mediante un acto administrativo motivado. Para el juzgado, el simple deber de verificar vacantes y gestionar la reubicación fue desatendido por completo, lo que configuró el incumplimiento de las órdenes impartidas en sede de tutela.

“Nada han hecho”

Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, providencia

Frente a esta situación, la ministra Natalia López reaccionó con una serie de mensajes en su cuenta de la red social X, en los que no solo se desligó de la responsabilidad, sino que apuntó directamente a la administración anterior. López, quien según su propia declaración asumió el cargo el pasado 7 de agosto, sostuvo que el desacato “no originamos” y atribuyó el incumplimiento a la presunta “ineptitud” y “negligencia” de la gestión previa, mencionando expresamente al presidente Gustavo Petro y al exministro Antonio Sanguino. En un tono desafiante, la funcionaria afirmó que seguirá denunciando presuntas irregularidades con pruebas ante las autoridades, y añadió que “para quienes resulten responsables de corrupción, tres días de arresto podrían ser nada frente a las sanciones que les esperan en el marco de la Constitución y la ley”.

Es importante precisar que la sanción por desacato es un mecanismo jurídico para exigir el cumplimiento de fallos de tutela y no implica responsabilidad penal o disciplinaria para los funcionarios sancionados. El caso se encuentra actualmente en etapa de consulta ante el Tribunal Superior de Cali, que será el encargado de determinar si la decisión del juzgado de primera instancia se mantiene en pie o si, por el contrario, debe ser modificada o revocada. Mientras tanto, el pronunciamiento judicial enciende las alarmas sobre la protección efectiva de los derechos laborales y la obligatoriedad de las órdenes de tutela, incluso para los más altos funcionarios del Estado.

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