El Ministerio de Transporte publicó las tarifas oficiales para la revisión técnico-mecánica que regirán durante el año 2026 en todo el territorio colombiano. El ajuste tarifario, que aplica desde el primero de enero, representa un incremento cercano al siete por ciento con respecto a los valores vigentes en 2025, una medida que impacta directamente el bolsillo de los propietarios de vehículos particulares, motocicletas y vehículos de servicio público que deban cumplir con este requisito obligatorio para poder circular.
Según la información oficial, el trámite continúa realizándose exclusivamente en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizados por el Gobierno Nacional. Las tarifas aproximadas para el año entrante son de 332.000 pesos para vehículos particulares, lo que representa uno de los valores más elevados del mercado, mientras que un vehículo de servicio público deberá pagar cerca de 374.000 pesos. En el caso de las motocicletas, el costo rondará los 247.490 pesos, y los vehículos de transporte escolar deberán asumir una tarifa de aproximadamente 252.000 pesos. Por su parte, los vehículos de carga, maquinaria agrícola, remolques y semirremolques deberán desembolsar una suma cercana a los 288.000 pesos.
El peso del comparendo para quienes incumplan
La sanción por no portar la revisión técnico-mecánica vigente no es menor. Las autoridades de tránsito impondrán un comparendo equivalente a quince salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que en la práctica supera el valor de la revisión misma. Además, el vehículo será inmovilizado de inmediato. Esta situación podría evitarse si se tiene en cuenta que, tras la revisión inicial, el propietario dispone de quince días calendario para corregir las fallas detectadas y repetir la prueba sin incurrir en un nuevo pago por concepto de tarifa completa.
El examen, que se practica en los CDA autorizados, evalúa aspectos fundamentales como frenos, llantas, dirección, suspensión, luces, sistemas de seguridad, emisiones contaminantes y niveles de ruido. Los propietarios de vehículos de servicio público, además, deben someterse a una revisión adicional de los dispositivos de cobro y los frenos de aire, elementos que resultan esenciales para la operación segura de estos vehículos. Es importante recordar que la primera revisión para los vehículos particulares nuevos se debe realizar al cumplir cinco años desde su matrícula, mientras que para las motocicletas y los vehículos de servicio público el plazo se reduce a dos años. A partir de esa primera prueba, la revisión debe hacerse de manera anual.
El certificado emitido tras aprobar la revisión queda registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), por lo que cualquier autoridad puede verificar su vigencia en línea. Para consultarlo, los propietarios deben ingresar al portal del Runt y dirigirse a la sección «Nuestros actores», luego a la opción «Ciudadanos» y finalmente a «Consulta de vehículos por placa». Este proceso permite confirmar si se encuentra al día o si por el contrario se expone a una sanción. Existen algunas excepciones contempladas en la normatividad actual, como la maquinaria rodante de construcción y minería, los vehículos clásicos o antiguos, ciertos vehículos agrícolas, los montacargas, los sidecar y los automotores con placas extranjeras que permanezcan por máximo tres meses en el país.










