El Consejo de Estado, a través de su Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, ordenó formular una nueva política farmacéutica nacional que regule los precios de los medicamentos, combata el desabastecimiento y garantice el acceso efectivo a la salud. El fallo confirmó en lo fundamental la sentencia emitida el 12 de diciembre de 2024 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que amparó los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas, el patrimonio público, el acceso a los servicios de salud y los derechos de los usuarios y consumidores. Como parte de la decisión, se dispuso la creación de una mesa de trabajo encargada de formular dicha política.
La acción popular fue presentada por la Procuraduría General de la Nación, que cuestionó los precios de los medicamentos, el uso de recursos públicos para su adquisición y las limitaciones de los mecanismos de inspección, vigilancia y control. En el proceso figuran como demandados el Ministerio de Salud y Protección Social, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, la Superintendencia de Industria y Comercio, la Superintendencia Nacional de Salud y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres). El Consejo de Estado no acogió los argumentos del Ministerio de Salud, que afirmaba contar con instrumentos suficientes para responder a la problemática, y señaló que la libre competencia no es un derecho absoluto y debe ejercerse en armonía con el interés general y el derecho fundamental a la salud.
El alto tribunal recordó que el documento Conpes 155 de 2012, que establecía la política farmacéutica nacional, tuvo vigencia hasta 2021 y que no se acreditó la existencia de una política posterior que abordara integralmente los problemas de precios, desabastecimiento y fallas en la inspección, vigilancia y control. Así mismo, advirtió que el artículo 23 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 impone al Gobierno el deber de formular una política farmacéutica integral, obligación que no ha sido cumplida de manera satisfactoria.
Mesa de trabajo para la nueva política
La mesa de trabajo estará liderada por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y el Invima, y contará con la participación de otros ministerios, la Adres, la industria farmacéutica, los distribuidores mayoristas, las EPS, las IPS, los gestores farmacéuticos, los usuarios, los pacientes, los centros académicos y la Procuraduría General de la Nación. La nueva política podrá adoptarse mediante un documento Conpes que actualice el 155 de 2012 o a través de cualquier otro instrumento jurídico idóneo que garantice su implementación.
Según lo ordenado por el Consejo de Estado, la política deberá incluir la revisión de los mecanismos de regulación de precios vigentes, la evaluación de alternativas de compra a menores costos, el fortalecimiento de los sistemas de información sobre precios y existencias de medicamentos, el control electrónico de la facturación y estrategias dirigidas a prevenir y mitigar el desabastecimiento. Con estas medidas se busca corregir las fallas estructurales que han afectado el acceso a los medicamentos en el país y proteger los recursos públicos destinados a la salud.
Órdenes adicionales y verificación del cumplimiento
La sentencia confirmó la orden de continuar el Plan de Respuesta Urgente contra el desabastecimiento de medicamentos, que estará a cargo del Ministerio de Salud y del Invima. La Superintendencia de Industria y Comercio deberá adelantar las actuaciones sancionatorias por posibles infracciones al régimen de precios, mientras que la Superintendencia Nacional de Salud tendrá que iniciar procedimientos administrativos ante la evidencia de desviaciones de recursos por sobrecostos en la compra o venta de medicamentos.
Para garantizar el cumplimiento de lo ordenado, se incorporó un comité de verificación conforme a lo establecido en la Ley 472 de 1998, que hará seguimiento a las actuaciones de las entidades responsables y velará por la efectiva protección de los derechos colectivos amparados. Con esta decisión, el Consejo de Estado reafirma el papel de la justicia en la garantía del derecho a la salud y en la corrección de las fallas que han afectado el acceso oportuno a los medicamentos en Colombia.










