El excandidato presidencial Santiago Botero Jaramillo acudió a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia para solicitar la revisión de su proceso alimentario, en el marco de una acción de tutela radicada bajo el número 13001-40-03-002-2026-001059-00. El empresario denunció que su hijo está siendo utilizado como «moneda de cambio» en medio de la disputa con su expareja, Manuela Echeverry Hoyos, y advirtió que se han vulnerado sus derechos al debido proceso, particularmente por decisiones adoptadas en la Comisaría de Familia Permanente Turno 1 de Cartagena, bajo la actuación del comisario Amín Francisco Sanabria Aislant.
La controversia gira en torno a la fijación de una cuota provisional mensual de aproximadamente 37 millones de pesos, establecida mediante el Auto 070 del 29 de mayo de 2026. Según la defensa de Botero, liderada por la abogada Diana Paola Chavarro, la audiencia no se celebró durante al menos cinco meses, la cuota no era susceptible de recursos y no se resolvió una recusación presentada contra el comisario Sanabria Aislant. Además, la Secretaría del Interior de Cartagena no habría remitido al juzgado de familia los oficios necesarios para resolver dicha recusación, y las quejas presentadas ante organismos de control no han tenido pronunciamiento de fondo.
Los aportes y la inscripción en el Redam
La defensa de Botero sostiene que el empresario ha realizado pagos de manera constante, aunque la cuota fijada resulta desproporcionada frente a los gastos reales del menor. Mientras Echeverry Hoyos estimó los gastos mensuales del niño en 5.400.000 pesos, los aportes de Botero ascienden a 9.231.800 pesos mensuales, distribuidos en una consignación de 2.731.800 pesos, el pago de la salud prepagada por 1.500.000 pesos y la administración del apartamento por 5.000.000 de pesos. Entre junio y octubre de 2026, el empresario realizó cinco transferencias por 2.731.800 pesos, para un total de 13.659.000 pesos, con los respectivos soportes a los que tuvo acceso Infobae Colombia.
Adicionalmente, Botero recuerda que existía un pacto previo con su expareja que contemplaba un pago mensual de 36.602.500 pesos con ajuste anual, la cesión de una vivienda en Bocagrande, un vehículo Toyota Sequoia, un cuadro original del maestro Fernando Botero y un seguro de vida. A pesar de ello, el 11 de octubre de 2026 se hizo efectiva su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el Redam, una medida que, según la Ley 2097 de 2021 en su artículo 6, numeral 5, puede implicar el impedimento de salida del país. Para Botero, esta restricción migratoria resulta particularmente gravosa, pues le impide regresar a Colombia, ya que no podría volver a salir para atender sus actividades profesionales.
«En Colombia ningún niño debe convertirse en moneda de cambio de un divorcio ni quedar atrapado entre los intereses de sus padres y los presuntos abusos de una autoridad»
Santiago Botero Jaramillo, Ex-candidato presidencial
La situación se enmarca en un contexto más amplio de conflicto familiar. Botero fue desalojado de su vivienda en Cartagena en mayo de 2026, luego de que Echeverry presentara una denuncia por violencia intrafamiliar, asegurando que el empresario le impidió el ingreso al apartamento junto con el menor. La sentencia STC13455 de 2026, divulgada el 7 de octubre, establece que la obstrucción sostenida e injustificada del vínculo entre un hijo y uno de sus progenitores constituye violencia intrafamiliar por maltrato, un criterio que la defensa de Botero considera aplicable a su situación, pues sostiene que se le ha impedido ver a su hijo.
«Los derechos de los niños deben estar por encima de cualquier disputa y de cualquier abuso de poder»
Santiago Botero Jaramillo, Ex-candidato presidencial
Ante el Juzgado Segundo Civil de Cartagena, la tutela actual alega la vulneración del debido proceso y del acceso a la administración de justicia. La abogada Chavarro ha pedido a la Corte Suprema que determine cuáles pagos pueden reconocerse dentro de la obligación alimentaria, al tiempo que el empresario insiste en que consigna los pagos y que sus objeciones no han sido valoradas adecuadamente. El caso queda así en manos de la Corte Suprema, que deberá pronunciarse sobre las presuntas irregularidades en la fijación de la cuota, la inscripción en el Redam y la obstrucción del vínculo paterno-filial, mientras el menor sigue en el centro de una disputa que ningún niño debería vivir.










