El Gobierno Nacional reglamentó, mediante el Decreto 1493 del 6 de octubre, un subsidio excepcional para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo dirigido a los hogares damnificados por el terremoto del 10 de agosto de 2026. La medida fue anunciada por Jaime Andrés Uribe, gerente del Fondo Milagro, la entidad creada para canalizar los recursos de la reconstrucción. El subsidio se aplicará como un porcentaje adicional sobre el cargo fijo y el consumo básico o de subsistencia, y beneficiará exclusivamente a los estratos 1, 2 y 3 que figuren en el Registro Único de Damnificados (RUD). La cobertura máxima será de seis facturas mensuales continuas o tres bimestrales, y la suma del subsidio ordinario más este excepcional no podrá superar el 100 % de la base de facturación.
Condiciones y alcance del beneficio
El subsidio no es automático: depende del cumplimiento de condiciones técnicas de los inmuebles y de que los hogares estén debidamente registrados. El beneficio no aplica sobre consumos complementarios, obligaciones vencidas, intereses, sanciones ni acuerdos de financiación en mora. Las familias que hayan sido trasladadas a otro inmueble podrán conservar el subsidio; si el nuevo destino pertenece a un estrato distinto, se mantendrá el tratamiento tarifario del inmueble de origen. En el caso de viviendas destruidas o inhabitables, los damnificados no pagarán por los servicios que no reciban mientras persista esa condición. Además, el Gobierno podrá financiar la reparación y reconstrucción de las conexiones domiciliarias de agua y alcantarillado afectadas por el sismo.
El Fondo Milagro y las fases de reconstrucción
Paralelamente, el Fondo Milagro avanza en su estructura operativa. En su primera fase, ya se realizó un giro inicial de 624.000 millones de pesos, provenientes de un crédito con el Banco Mundial, destinado a demoliciones, diagnósticos de mejoramiento de vivienda e intervenciones en infraestructura física. La fase 2 contempla la construcción de viviendas industrializadas mediante concursos administrativos y acuerdos con el sector privado para convertir viviendas existentes en soluciones habitacionales. En esta etapa también se incluyen subsidios de arrendamiento y la cobertura de servicios públicos para estratos 1, 2 y 3. Para la fase 3, que prevé la edificación de cerca de 20.000 viviendas nuevas en un plazo de dos a tres años, se trabaja con entidades territoriales en la identificación de lotes aptos, según informó Caracol Radio.
La imagen de referencia de esta nota corresponde a Pereira el 17 de agosto de 2026, donde todavía se evidenciaban los efectos del terremoto que sacudió al país el 10 de agosto. El subsidio excepcional reglamentado por el Decreto 1493 es una de las primeras medidas concretas para aliviar la carga económica de las familias afectadas, mientras el Fondo Milagro estructura las soluciones de vivienda a mediano y largo plazo.










