Admitida demanda de pérdida de investidura contra el representante Daniel Briceño

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El Consejo de Estado, a través de la Sala Especial de Decisión 24, admitió una demanda de pérdida de investidura contra el representante a la Cámara por el Centro Democrático, Daniel Felipe Briceño Montes. La providencia, fechada el 17 de septiembre de 2026 y anunciada públicamente el jueves 22 de octubre del mismo año, fue presentada por la exfiscal y excandidata al Congreso Angélica Monsalve, quien cuestiona que Briceño ejerza funciones legislativas sin cumplir, supuestamente, los requisitos constitucionales. El auto, firmado electrónicamente a través de la plataforma Samai, fue notificado personalmente al congresista y al agente del Ministerio Público, mientras que la demandante recibió la notificación por estado. Briceño, por su parte, calificó la admisión como un ataque político.

El magistrado ponente, Jorge Edison Portocarrero Banguera, será el encargado de liderar el proceso, en el que se investiga una presunta “violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, o del régimen de conflicto de intereses”. Conforme al artículo 10 de la Ley 1881 de 2018, el representante a la Cámara cuenta con un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación personal, para presentar por escrito sus descargos y las pruebas que considere pertinentes. La admisión de la demanda no implica una decisión de fondo, sino el inicio formal de un proceso que podría culminar con la pérdida de la curul de Briceño.

Los argumentos de la demanda y la defensa

Angélica Monsalve, excandidata al Congreso que enfrentó a Briceño en las urnas en marzo de 2026, sostiene que el representante incurrió en las causales de pérdida de investidura establecidas en la Constitución, al no cumplir con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades o al haber incurrido en conflicto de intereses. Briceño, en cambio, atribuye la demanda a una retaliación política por la derrota electoral de Monsalve. En una publicación en redes sociales, el congresista afirmó: “Hay personas como la Dr. Angélica Monsalve que ante los fracasos electorales y el rechazo de los ciudadanos buscan hacerse visibles con este tipo de demandas. Mi abogado Juan José Castro ya está al frente de este nuevo ataque del petrismo”. Y agregó: “Nuestra agenda en el Congreso seguirá y no le vamos a aflojar ni un minuto, pues es eso lo que buscan”.

“Hay personas como la Dr. Angélica Monsalve que ante los fracasos electorales y el rechazo de los ciudadanos buscan hacerse visibles con este tipo de demandas. Mi abogado Juan José Castro ya está al frente de este nuevo ataque del petrismo”.

Daniel Briceño, representante a la Cámara por el Centro Democrático

“Nuestra agenda en el Congreso seguirá y no le vamos a aflojar ni un minuto, pues es eso lo que buscan”.

Daniel Briceño, representante a la Cámara por el Centro Democrático

El abogado defensor, Juan José Castro, ya asumió la representación del congresista para hacer frente a lo que Briceño denomina un “nuevo ataque del petrismo”. La demandante, por su parte, utilizó su cuenta en la red social X para anunciar la admisión de la demanda, reforzando su posición de que Briceño no cumple con los requisitos constitucionales para ejercer como representante.

Un antecedente judicial

No es la primera vez que Daniel Briceño enfrenta un proceso de pérdida de investidura. En 2024, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó una demanda similar, en la que se le acusaba de presunta indebida destinación de recursos públicos por su voto a favor de la ALO Norte en el Plan de Desarrollo de Bogotá. En esa ocasión, el tribunal falló a favor del congresista, pero ahora el caso es analizado por el Consejo de Estado, la máxima autoridad en lo contencioso administrativo.

El proceso continúa

Con la admisión formal de la demanda, el despacho del magistrado Portocarrero debe trasladar a Briceño el escrito de demanda, su subsanación y los anexos correspondientes. El congresista, notificado personalmente, tiene cinco días para responder, según lo estipulado en el artículo 10 de la Ley 1881 de 2018. La notificación personal se realizó conforme al artículo 9 de la misma ley. Una vez presentados los descargos, el Consejo de Estado evaluará si se configuran las causales de pérdida de investidura. Mientras tanto, Briceño insiste en que su labor legislativa no se detendrá y califica el proceso como un intento de desviar su atención. La admisión de la demanda no anticipa una decisión de fondo, pero abre un capítulo judicial que será seguido de cerca en el ámbito político.

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