El próximo jueves 29 de octubre regirá en Santiago de Cali la restricción de Pico y Placa para vehículos particulares cuyas placas terminen en 3 y 4, según lo definido por la Secretaría de Movilidad de la ciudad. La medida operará entre las 6:00 y las 19:00 horas, con el propósito de reducir el parque vehicular en circulación, disminuir el tránsito, prevenir accidentes y mitigar los niveles de contaminación en la capital vallecaucana. Esta restricción aplica de lunes a viernes y se actualiza diariamente según el último dígito de la placa, el día de la semana y el tipo de vehículo.
Quienes incumplan la medida deberán asumir una multa de 711.750 pesos colombianos, equivalente a quince días de salario mínimo vigente, sanción contemplada en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. El cálculo se basa en un salario mínimo diario de 47.450 pesos, y la infracción es impuesta por las autoridades de tránsito que operan en el municipio. La restricción no rige los sábados, los domingos ni los días de asueto que establezca la ley, y puede ser suspendida de forma excepcional cuando la autoridad competente así lo determine.
Rotación y vigencia del calendario
De acuerdo con el programa de restricción vehicular, la tabla de rotación para la primera mitad de 2026, vigente entre el 5 de enero y el 30 de junio, asigna los lunes a las placas terminadas en 1 y 2; los martes a las placas 3 y 4; los miércoles a las 5 y 6; los jueves a las 7 y 8; y los viernes a las 9 y 0. Sin embargo, el anuncio sobre el 29 de octubre señala que ese día la restricción corresponde a los dígitos 3 y 4, lo que representa una inconsistencia frente al calendario indicado para el primer semestre de 2026, dado que el 29 de octubre caería en jueves y en esa jornada la tabla asigna las placas 7 y 8. Esta discrepancia puede obedecer a una actualización transitoria o a una modificación de última hora por parte de la autoridad de movilidad.
La medida contempla además un horario específico para el transporte público colectivo, que va de las 5:00 a las 22:00 horas, aunque en el listado de restricciones por tipo de vehículo se señala que para motos, taxis y transporte público colectivo la medida no aplica, lo que genera una ambigüedad en la información difundida. Existen también vehículos exentos de la restricción, entre ellos los de emergencia, los de servicio oficial, los diplomáticos y consulares, aquellos que transportan personas con discapacidad o movilidad reducida, los híbridos y eléctricos, los de carga con capacidad igual o superior a cinco toneladas y los que paguen la tasa por congestión. Las autoridades de Movilidad de Cali han insistido en que los conductores deben consultar diariamente el dígito restringido para evitar sanciones y contribuir a la movilidad sostenible de la ciudad.










