Expresidente Petro podría ser juzgado políticamente por el Congreso por indignidad

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El expresidente Gustavo Petro podría enfrentarse a un juicio político por indignidad en el cargo ante el Congreso de la República, luego de las denuncias presentadas por la excontratista Deicy Jiménez, quien lo acusa de haberle entregado contratos estatales a cambio de favores sexuales. La posibilidad, que expertos consultados no descartan, ha puesto en marcha los engranajes de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, así como de la Fiscalía y la Corte Suprema, que ya adelantan investigaciones paralelas. Según el presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, «en lo teórico, sí» es viable que se active este mecanismo si la Comisión avanza el proceso hasta la plenaria de la Cámara y esta decide acusar formalmente al exmandatario.

El caso estalló luego de que Jiménez difundiera un video que, según ella, confirmaría la relación con Petro, quien ha negado categóricamente haber condicionado o entregado contratos a cambio de favores sexuales, argumentando que el material audiovisual no acredita pagos, contratos ni decisiones de Gobierno. Sin embargo, las denuncias, conocidas después de que Petro dejó el cargo hace casi tres meses, activaron de inmediato una serie de investigaciones en distintos órganos judiciales. Para Bernate, hay una línea delgada entre la vida privada y la función pública: «Ciertamente, hay hechos que son vida privada, y hay hechos que sí tienen una connotación delictiva, como el hecho de direccionar contratos con una intención personal».

Un juicio de responsabilidad política

El procedimiento por indignidad es un proceso de responsabilidad política, no penal, que se divide en dos etapas: la investigación preliminar en la Comisión de Acusación de la Cámara y, de prosperar, el juicio definitivo en el Senado. El profesor de la Universidad de La Sabana, Fabio Pulido, explicó que «aunque haya terminado su periodo, un expresidente de la República conserva el fuero constitucional por las acciones u omisiones ocurridas durante su mandato y en el ejercicio de sus funciones». Por lo tanto, el fuero se mantiene para conductas vinculadas con el ejercicio del cargo. Pulido subrayó que «este proceso es un juicio de responsabilidad política y disciplinaria, independiente de los tribunales penales», y que para imponer una sanción no se requiere probar un delito, sino demostrar una falta grave contra la función pública. No obstante, el jurista aclaró que «este juicio no es un mecanismo para vigilar ni castigar la moral privada o la vida íntima de los funcionarios».

«Al no tratarse de un juicio penal, para imponer una sanción no es necesario probar que el mandatario cometió un delito, sino demostrar que incurrió en una falta grave contra la función pública»

Fabio Pulido, profesor de la Universidad de La Sabana

Si el Senado llegara a sancionar a Petro, la consecuencia sería la privación de derechos políticos, no la destitución, por tratarse de un expresidente. Además, si durante el trámite aparecen indicios de delito, el Senado tiene la obligación de remitir el caso a la Corte Suprema de Justicia para que investigue en el ámbito penal. Allí se podrían examinar conductas como interés indebido en celebración de contratos, cohecho propio o celebración de contratos sin requisitos legales. Deicy Jiménez ha mencionado a otras mujeres que, supuestamente, también habrían accedido a contratos bajo una modalidad similar, lo que podría ampliar el alcance de las pesquisas. Mientras la Comisión de Acusación define los pasos a seguir, el país observa con atención un proceso que, independientemente de su resultado, ya ha reabierto el debate sobre los límites entre la vida privada y la responsabilidad pública de quienes han ejercido el poder.

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