En una revelación que sacude los cimientos de la justicia colombiana, se conoció que en junio de 2026 directivas de la Fiscalía General de la Nación transmitieron una instrucción atribuida directamente a la fiscal general Luz Adriana Camargo para modificar la calificación jurídica de once integrantes de la Primera Línea capturados en Bogotá. La orden, que buscaba reemplazar el delito de terrorismo por el de asonada, pretendía allanar el camino para acuerdos penales favorables a los procesados, según fuentes con conocimiento directo del caso.
La polémica instrucción fue comunicada durante una reunión celebrada en las instalaciones de la Fiscalía en Bogotá, en la que participaron altos cargos como Deicy Jaramillo, delegada para la Seguridad Territorial; Zenaida de Jesús López, coordinadora de fiscales delegados ante la Corte Suprema; y Juan Andrés Cano, director de la Unidad de Justicia Transicional. Según relató un asistente al encuentro bajo condición de anonimato, la frase que marcó el rumbo del proceso fue: «la fiscal no está contenta con esa acusación», lo que desencadenó una serie de maniobras para cambiar el rumbo del expediente. Ante la propuesta de modificar los cargos, dos fiscales encargadas del caso se negaron rotundamente, lo que llevó a una escalada de acciones administrativas.
El mecanismo para forzar el cambio fue la Resolución 0171, firmada por la propia Luz Adriana Camargo el 16 de junio de 2026. Este documento creó un grupo de tareas especiales dentro de la Unidad de Justicia Restaurativa, permitiendo reasignar el expediente a nuevos funcionarios. Tras la resistencia de las fiscales iniciales, una alta funcionaria que tenía el caso y el director seccional respectivo fueron retirados de sus cargos. Posteriormente, en la última semana de octubre de 2026, se presentaron ante una jueza acuerdos que retiraban el cargo de terrorismo y reducían la participación de los autores a la de cómplices, con penas pactadas de entre cinco y siete años de prisión. Siete de los once procesados aceptaron los cargos negociados.
Las pruebas y las víctimas del proceso
La investigación, que se extendió por más de dos años, se sustentó en un robusto acervo probatorio que incluía videos, interceptaciones telefónicas y elementos recuperados por la Sijín. Los hechos imputados comprendían ataques contra buses y estaciones de TransMilenio, daños a edificios públicos, amenazas y el uso de artefactos explosivos. Las víctimas constituidas formalmente en el proceso son TransMilenio S.A. y la Universidad Nacional de Colombia, entidades que, al conocer los términos de los acuerdos, promovieron una tutela para exigir información pública sobre los argumentos de la reducción de cargos y las condiciones de la negociación. La audiencia donde se presentaron los acuerdos fue declarada reservada a solicitud de la defensa, y las víctimas solo recibieron un aviso con doce horas de anticipación.
«No alcanza el estándar exigido para el delito de terrorismo»
Extracto del acuerdo con uno de los procesados
El documento de la Fiscalía que justifica los acuerdos señala que la actuación está relacionada con hechos ocurridos en escenarios de protesta social, y sostiene que se busca conciliar la investigación con la protección constitucional del derecho de reunión y manifestación pacífica. Sin embargo, fuentes internas indican que durante la reunión de junio el director de la Unidad de Justicia Transicional, Juan Andrés Cano, llegó a proponer: «Entonces hagamos un principio de oportunidad», como alternativa ante la negativa de las fiscales a modificar los cargos. La decisión final de aplicar acuerdos con penas reducidas ha generado un fuerte debate sobre la independencia judicial y el manejo de procesos relacionados con el estallido social, mientras las víctimas continúan su lucha por acceder a la verdad sobre lo ocurrido.









