Petro critica la suspensión provisional del Decreto 0858 de 2025 durante marcha en Bogotá

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Desde la Plaza de Bolívar, en Bogotá, el presidente Gustavo Petro critica la suspensión provisional del Decreto 0858 de 2025, que buscaba establecer un Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, aprobado el 30 de julio de 2025. El decreto pretendía sustituir parcialmente el marco normativo vigente, la norma 780 de 2016, para priorizar la prevención sobre la atención hospitalaria, y la medida cautelar de suspensión fue adoptada por el Consejo de Estado en medio de una demanda de nulidad presentada por Andrés Forero, representante a la Cámara, con Nubia Margoth Peña Garzón como ponente de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo. El mandatario habló a la multitud durante la marcha por la paz, la soberanía y la democracia que recorrió la Plaza de Bolívar para expresar su rechazo a la decisión judicial, y este despacho de La Veintitrés Manizales cubre la noticia mientras se mantiene vigente la suspensión, a la espera del análisis de la demanda de nulidad.

La decisión del Consejo de Estado se fundamenta en la cautelar de suspensión provisional conforme al artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y la magistrada Peña Garzón consideró plausible la medida por indicios de exceder facultades reglamentarias y de modificar disposiciones que requieren reserva de ley. En este marco institucional, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo estudia la demanda presentada por Forero, y la suspensión se mantiene mientras se analizan los argumentos de nulidad. El contexto también señala que el decreto buscaba modificar la arquitectura del sistema de salud, una apuesta central de la administración cuyo impacto político y social es objeto de intenso debate público.

Impacto jurídico y político de la suspensión del Decreto 0858

Antecedentes relevantes señalan que el Decreto 0858 de 2025 pretendía sustituir parcialmente al Decreto 780 de 2016 para implementar un Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo; la estrategia priorizaba la prevención sobre la atención hospitalaria y, de prosperar la demanda, podría reformular el diseño institucional de la salud en Colombia. En el plano práctico, la suspensión provisional impide la vigencia del decreto mientras se analizan los méritos de la nulidad, y su eventual desbalance podría ser definitivo si la vía judicial así lo decide; en caso contrario, podría reactivarse de forma eventual conforme a las reglas legales y las decisiones posteriores. Las reacciones iniciales señalan un choque entre el Ejecutivo y el Poder Judicial, con Petro criticando la decisión durante la marcha en la Plaza de Bolívar y afirmando que suspender un sistema preventivo es ir contra la vida humana, mientras Forero sostiene que el Gobierno usurpó funciones legislativas al modificar por decreto la arquitectura del sistema de salud, sustituyendo disposiciones que requieren reserva de ley. Este debate se suma al pulso político nacional sobre la dirección de la política de salud y su marco normativo, un tema que continuará siendo centro de atención pública y mediática.

«Las niñas morían de sed o de falta de comida. Nos tumbaron el decreto del Sistema Preventivo de Salud, que es el que ha producido la baja de la tasa de mortalidad infantil en Colombia. Y me dicen que no debo expresarme. Lo que dice la Constitución es que el presidente acata los fallos, pero no que se queda callado en su boca» – Gustavo Petro, presidente de Colombia; «¿Qué mal estaba haciendo para que una persona de la justicia decidiera acabarlo, como si le doliera que los niños pudieran vivir en este país?» – Gustavo Petro, presidente de Colombia; «Lo digo con todas las letras: suspender un sistema preventivo en un país es ir contra la vida humana. La ley ordena un sistema preventivo para Colombia» – Gustavo Petro, presidente de Colombia; «usurpó funciones legislativas al modificar por decreto la arquitectura del sistema de salud, sustituyendo disposiciones que requieren reserva de ley» – Andrés Forero, Representante a la Cámara

Con todo, el desenlace dependerá del resultado de la demanda de nulidad: si se confirma la ilegalidad del decreto, la anulación podría ser definitiva; si, por el contrario, la Sala de lo Contencioso Administrativo interpreta que la medida fue adecuada dentro del marco reglamentario, podría reactivarse el modelo y continuar el debate político y técnico sobre la mejor estrategia para la salud en Colombia. Mientras tanto, la marcha en la Plaza de Bolívar continúa como escenario de una discusión pública sobre la implementación de políticas preventivas y la salvaguarda de los principios constitucionales que rigen la expedición de normas en materia de salud pública.

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