Bogotá absolvió al expresidente Uribe Vélez por soborno y fraude procesal

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Desde Bogotá, para La Veintitrés Manizales, llega la noticia de que el Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de cargos por soborno en actuación penal y fraude procesal, en una decisión de segunda instancia que además dio sustento a un concepto jurídico elaborado por el Grupo de los 38, un colectivo de exmagistrados, rectores, decanos y juristas que defendieron la absolución.

La sentencia, fechada el 21 de octubre de 2025, fue emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y sus efectos se discutirán en los recursos de casación ante la Corte Suprema de Justicia presentados por víctimas y por la Fiscalía General de la Nación. Este fallo reconfigura el tablero político de cara a las elecciones presidenciales de 2026 y alimenta el debate sobre el futuro del Centro Democrático y el desplazamiento de las pretensiones de la izquierda colombiana.

Análisis judicial y respuestas políticas

La decisión se apoyó en un análisis meticuloso, ponderado y exhaustivo de cada uno de los medios probatorios obrantes en el expediente, con especial atención a los testimonios de Juan Guillermo Monsalve, Carlos Enrique Vélez y Eurídice Cortés, entre otros, para concluir —como era evidente desde el inicio— que se trataba de testigos con reconocida mendacidad, versiones contradictorias y motivaciones extraprocesales que impedían acreditar responsabilidad penal más allá de toda duda razonable.

El Grupo de los 38, conformado por los juristas abajo firmantes, expresamos nuestro respaldo a la decisión adoptada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá que, en ejercicio de sus competencias legales y constitucionales, absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los cargos por soborno en actuación penal y fraude procesal que le habían sido imputados.

Grupo de los 38

Bajo esta óptica, la sentencia de primera instancia se califica como jurídicamente insostenible y se vincula, por parte de los firmantes, al fenómeno conocido como lawfare, una persecución judicial que buscaría presionar políticamente. En su énfasis histórico, los juristas recordaron referencias filosóficas y jurídicas para argumentar que la ética debe primar cuando el escrutinio penal se utiliza con fines políticos, destacando que la libertad y la independencia judicial deben mantenerse intactas frente a intereses de periodo o credos ideológicos.

La declaración oficial añade que la absolución representa una victoria del debido proceso sobre cualquier intento de instrumentalizar el derecho para fines políticos, y que la sentencia resalta valores esenciales que fortalecen el pensamiento jurídico frente a las tensiones políticas. En la comunicación se subraya, además, que el principio de legalidad, la presunción de inocencia y la motivación judicial —fundamentos de las garantías procesales— fueron reivindicados y honrados, conforme a la ley y a los tratados internacionales, y se expresa la confianza en que la Corte Suprema de Justicia cerrará este debate en Derecho.

El contexto inmediato indica que la absolución reabre la conversación sobre la independencia judicial y el uso del derecho en escenarios de alta presión política, con el añadido de que las víctimas y la Fiscalía General de la Nación presentaron recursos de casación ante la Corte Suprema de Justicia. Todo ello alimenta un debate público sobre cómo podrían influir estas decisiones en la dinámica electoral de 2026 y en la configuración de las alianzas políticas.

En síntesis, la decisión de segunda instancia no solo alivia a Uribe Vélez y a sus defensores, sino que también coloca a la justicia en el centro del discurso público sobre derechos, procesos y límites del lawfare, con un ojo puesto en las elecciones venideras y en las posibles reconfiguraciones de fuerzas políticas en Colombia.

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