Tribunal Administrativo de Cundinamarca anula sanción fiscal de 2017 a Gustavo Petro en Bogotá

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló la sanción fiscal de 2017 contra Gustavo Francisco Petro Urrego, presidente de Colombia y exalcalde de Bogotá, por presunto daño patrimonial superior a 40.000 millones de pesos en la compra de camiones de basura para la ciudad, decisión que se produce tras la revocatoria directa parcial aprobada por la Contraloría de Bogotá.

La revisión fue hecha por la Sección Primera del Tribunal, que ordena expedir un nuevo acto dentro de 30 días para dejar sin efecto el fallo de 2017, como consecuencia de la revocatoria directa parcial presentada por la Contraloría de Bogotá en 2024 y recogida en el Acta No. 23 de 2024 del Comité de Conciliación Ad Hoc.

La sentencia y su alcance

El fallo ofrece un análisis que concluye que la sanción de 2017 vulneró principios constitucionales y legales, citando los artículos 6, 29 y 121 de la Constitución Política y las normas 610 de 2000 y 1474 de 2011. En ese marco, la autoridad disciplinaria debe emitir un nuevo acto para dejar sin efecto la sanción, sin que se apunten indemnizaciones ni condenas en costas; la ejecución de dicho acto queda condicionada a la firmeza de la decisión y al plazo de 30 días para su expedición.

«no se evidencia en forma clara y expresa la forma como se repararían los perjuicios causados». – Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera

Entre los antecedentes relevantes se cuenta que, en 2012, la administración de Petro implementó un nuevo esquema público de recolección de basuras en Bogotá; la Contraloría Distrital cuestionó la adquisición de vehículos y equipos y, en 2017, se dictó una sanción fiscal solidaria contra Petro por el presunto daño patrimonial. En 2024, la Contraloría de Bogotá revocó parcialmente esa responsabilidad mediante el Acta No. 23 de 2024. Aunque la decisión reconfigura el desenlace de este conflicto, no implica indemnizaciones ni costas, y sitúa a la Contraloría en la tarea de emitir un nuevo acto para dejar sin efecto el fallo de 2017 y sus corroboraciones.

Dentro de los datos secundarios se destaca el caso de Alberto José Merlano Alcocer, ex presidente del Acueducto de Bogotá durante la gestión de Petro, quien figura en un expediente en el que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le impuso una multa de 240 millones de pesos por su participación en el esquema de basuras; la SIC formalizó el 16 de enero la oferta de revocatoria directa, y el Tribunal negó la revocatoria parcial por falta de claridad sobre la reparación de perjuicios, además de descartar que el caso de Nelly Mogollón pudiera servir de antecedente.

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