Gobierno presenta borrador para convocatoria de asamblea constituyente; Gaona advierte riesgos constitucionales, Petro responde

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Desde Manizales, La Veintitrés cubre un hecho que sacude la escena política nacional: el Gobierno presentó ante el Congreso un borrador de proyecto de ley para convocar una asamblea nacional constituyente. Aunque el texto se describe como una “asamblea popular constituyente” con 71 delegados, hombres y mujeres en igual número, y con un periodo de sesiones de tres meses, las voces de alarma no tardaron en hacerse oír. El constitucionalista Mauricio Gaona advirtió que la iniciativa podría sustituir el orden constitucional y la separación de poderes, mientras el presidente Gustavo Petro respondió cuestionando su ignorancia jurídica. El anuncio se produjo el 23 de octubre de 2025 y se enmarcó en la presentación formal del borrador ante el Congreso, acompañado de publicaciones en X y de una entrevista en W Radio que calentaron el debate público.

El documento describe una vía que no corresponde a una asamblea nacional constituyente tradicional, sino a una propuesta denominada “asamblea popular constituyente” cuyo mandato, alcance y mecanismos serían definidos por el Congreso. En concreto, la propuesta contempla una asamblea de 71 delegados, con paridad de género, vinculada a un periodo de sesiones de tres meses para reformar la Constitución de 1991 sin disolver el Congreso. La convocatoria requeriría la aprobación por mayoría en ambas cámaras, sería revisada por la Corte Constitucional y, finalmente, sometida a votación popular. Para que la reforma sea válida se exigirían al menos 13 millones de votos afirmativos. Los artículos citados como referencia constitucional en el marco de este borrador son el 113, el 121 y el 4. Este conjunto de condiciones y límites ha sido central para el análisis de la viabilidad y legitimidad de la iniciativa.

Debate y reacciones en torno a la propuesta

La discusión se intensificó cuando Gaona y Petro cruzaron opiniones en un marco público, con Gaona insistiendo en que la Constitución y la institucionalidad no deben verse desbordadas por una vía expedita de cambio. Petro, por su parte, cuestionó la competencia jurídica de sus críticos y enfatizó que la propuesta apunta a una garantía real de derechos fundamentales construidos por la Constitución de 1991, en una retórica que buscó desactivar señalamientos de invalidez jurídica. En la secuencia de la semana, Gaona calificó la intervención de Petro como una muestra de ignorancia, y el presidente respondió desde una postura de defensa de la legalidad y del orden democrático vigente.

«sin él, no hay democracia, solo dictadura constitucional» – Mauricio Gaona

«¿De dónde tanta ignorancia jurídica? La constituyente solo hará garantía real de los derechos fundamentales construidos por la Constitución de 1991 (sic)» – Gustavo Petro

«No hay un momento histórico en la nación que convoque esa reforma. Utilizan una exposición de motivos para reemplazar ese momento histórico, diferente a lo que ocurrió en el 91» – Mauricio Gaona

«Sus insultos son como su gobierno, intrascendentes. La ‘garantía real’ de cualquier constitución se ejerce respectándola, no cambiándola. El orden constitucional no se disfraza con asambleas. La Constitución y la ley se respetan: no habrá dictadura constitucional en Colombia» – Mauricio Gaona

«Lo que estamos presenciando es el ascenso a una dictadura constitucional utilizando el concepto de amalgama democrática. Se utiliza la asamblea popular constituyente para impulsar una dictadura constitucional» – Mauricio Gaona

El contexto de la noticia es claro: el Gobierno sostiene que se abre una vía para reformar la Constitución de 1991 sin disolver el Congreso, mientras que la oposición y juristas como Gaona alertan sobre el riesgo de concentrar poderes en el Ejecutivo y debilitar controles y equilibrios fundamentales. Esta tensión no sólo involucra a la rama legislativa y al Ejecutivo, sino que también mantiene a la ciudadanía y a los analistas atentos a cómo se resolv en las próximas etapas el proceso de aprobación, revisión constitucional y eventual votación popular. En lo inmediato, la discusión se mantiene en el eje de los mecanismos, límites y legitimidad de una reforma constitucional que, según los críticos, podría redefinir la estructura de poderes sin el marco tradicional de una asamblea constituyente.

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