Fiscalía ratifica continuidad de la fiscal Laborde en el caso Petro Burgos y desestima recusación

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La Fiscalía General de la Nación ratificó este 28 de octubre de 2025 la continuidad de la fiscal Lucy Marcela Laborde Betancourt en las investigaciones relacionadas con Nicolás Fernando Petro Burgos y desestimó la recusación presentada por el abogado Pedro Alejandro Carranza Cepeda. La resolución, firmada ese día, se emite desde la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos y subraya la intención de preservar la integridad del proceso, en un contexto que vincula al caso con el hijo del presidente Gustavo Petro.

La decisión se basa en un análisis minucioso de posibles causales de recusación y en la revisión de posibles filtraciones de información reservada. En el documento se afirma que no se configuró ninguna causal prevista en la ley, que la Fiscal Delegada continuará con el conocimiento de las investigaciones referidas y que no existen elementos objetivos que justifiquen la remisión de copias para una investigación disciplinaria. La resolución también señala que no hay indicios de conflicto funcional ni de interés procesal atribuidos a la fiscal y que, conforme al principio de legalidad, la actuación se mantiene dentro de los marcos institucionales. La directora (e) de la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos, Sandra Liliana Mesa Agudelo, destaca que la Fiscalía cuenta con protocolos vigentes para la custodia de documentos físicos y digitales y que la gestión de la información reservada se vigila internamente para evitar filtraciones.

La continuidad de Laborde Betancourt en el caso Petro Burgos y las garantías institucionales

La resolución firmada por Sandra Liliana Mesa Agudelo, en su condición de directora (e) de la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos, enfatiza que la actuación de Laborde Betancourt continúa conforme a criterios de especialidad, competencia territorial y carga procesal, sin que exista evidencia de que la nulidad pueda declararse por presunciones o por hechos externos no vinculados directamente con la actuación procesal. También se reitera que no hay elementos que justifiquen la remisión de copias para una investigación disciplinaria y que la existencia de testigos comunes no impide la actuación de la fiscal, siempre que se preserve la objetividad y la separación procesal.

«no se configura ninguna de las causales previstas en la Ley» – Sandra Liliana Mesa Agudelo, directora (e) de la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos

La decisión también señala que no se ha acreditado la existencia de un conflicto funcional ni de interés procesal que afecte la imparcialidad ni la legalidad de las actuaciones, y que la nulidad no puede declararse por presunciones ni por hechos externos no vinculados directamente con la actuación. En ese sentido, la resolución concluye que la supuesta filtración mediática no ha sido atribuida a la fiscal ni ha comprometido el debido proceso, y que no existen elementos objetivos que justifiquen la remisión de antecedentes para investigación disciplinaria. Con todo, la Fiscalía mantiene la vigilancia interna correspondiente y la aplicación de protocolos para la custodia de la información, reforzando la protección de la reserva de información en un caso de alta sensibilidad pública.

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