El Tribunal Superior de Bogotá, en la Sala de Justicia y Paz, condenó a 35 exintegrantes de las ACCU, vinculados a los bloques Calima y Bananero, a ocho años de prisión por la comisión de 345 crímenes en cinco departamentos entre 1994 y 2004. Las penas impuestas, de ocho años por cada exmiembro, se acompañan de multas que oscilan entre 9.000 y 58.000 salarios mínimos legales vigentes y de sanciones alternativas de ocho años, según la lectura de la Fiscalía General de la Nación difundida el jueves 6 de noviembre. Los hechos atribuidos incluyen homicidio, desaparición forzada, violencia basada en género, reclutamiento y desplazamiento forzado, ocurridos en Valle del Cauca, Antioquia, Cauca, Huila y Quindío bajo el marco de la Ley de Justicia y Paz.
Entre los condenados figuran 35 exmiembros, entre ellos Hebert Veloza García, alias HH, Juan Mauricio Aristizábal Ramírez, alias Fino, Dalson López Simanca, Janier Franco, Albeiro Antonio Úsuga Graciano, alias Robinson, Germán Enrique Pineda Cárdenas y Rover Enrique Oviedo Yanes, entre otros. La Fiscalía sostiene que la macro-criminalidad articulada por los bloques Calima y Bananero contó con la complicidad de empresarios y, en ciertos casos, de integrantes de la Fuerza Pública que facilitaron la llegada y expansión de estos grupos, con devastación del tejido social y zozobra en comunidades enteras. En el marco de la Ley 975 de 2005, conocida como la Ley de Justicia y Paz, se aplicaron sanciones alternativas, multas y reconocimiento de conductas como parte de un proceso de verdad, reparación y garantías de no repetición.
Detalles de la sentencia y su alcance regional
La decisión, difundida por la Fiscalía General de la Nación, detalla crímenes cometidos en cinco departamentos y un periodo que abarca 1994 a 2004, con un conteo de 345 hechos atribuidos a la macro-criminalidad de los bloques Calima y Bananero. Las sentencias, que en conjunto suman 240 a 480 meses de prisión para los condenados, se acompañan de multas que van desde 9.000 hasta 58.000 salarios mínimos legales vigentes y de sanciones alternativas de ocho años. El fallo se apoya en la labor de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá y en la documentación y notas de prensa de la Fiscalía, Colprensa e Indepaz, citando fuentes y archivos judiciales.
«Cuando el doctor Jonathan Vázquez empieza a aspirar a la alcaldía de la Merced, es contactado por estos paramilitares y extorsionado, le piden una suma de dinero a cambio de que no declaren en su contra y lo inculpan en estos homicidios contra personas protegidas. Evidentemente, Jonathan no acepta entregar esa suma de dinero y estos paramilitares terminan inculpándolo en ese homicidio» – Jaime Andrés Novoa, Abogado
Este fallo se enmarca en un contexto de violencia prolongada y de desarticulación del tejido social que durante décadas afectó a comunidades de Valle del Cauca, Antioquia, Cauca, Huila y Quindío. La Fiscalía General de la Nación y los Tribunales, en conjunto con observatorios como Colprensa e Indepaz, subrayan la importancia de estas sentencias para avanzar en la verdad, reparación y garantías de no repetición, dentro de los lineamientos de la Ley de Justicia y Paz y su formato de sanción concesional para ciertos casos de desmovilización, que busca no solo castigar sino reconocer y resarcir a las víctimas. Esta cobertura para La Veintitrés Manizales contextualiza el impacto de la resolución en el país y las comunidades afectadas desde la sede de Manizales.

















