La Icetex anunció la habilitación de la devolución de saldos a favor y la entrega de garantías, tanto desmaterializadas como físicas, a través de su portal institucional, con un plazo de respuesta de hasta 60 días calendario, una medida que busca modernizar y transparentar los trámites crediticios para sus beneficiarios.
La operación contempla dos modalidades de garantía: la desmaterializada, que corresponde a un título valor electrónico conforme a la Ley 527 de 1999, y la garantía física, representada por un documento contable en papel. En cuanto a los fondos en administración, la solicitud debe gestionarse vía la ventana digital PQRS, adjuntando datos personales y una certificación bancaria; para los créditos TAE, la petición se envía al correo cartera@icetex.gov.co. En el propio portal Icetex, los usuarios deben navegar por Créditos > Pagos > Devolución > Saldos a favor y Garantía, consultar por identificación y, si el nombre aparece en el listado, ingresar con usuario y contraseña; en la sección de Solicitudes se debe seleccionar “Saldo a favor y devolución de garantía” para obtener el número de caso y poder realizar el seguimiento del trámite.
Canales y seguimiento de las devoluciones y garantías
Para fondos en administración la solicitud se realiza a través de la ventana PQRS, adjuntando datos personales y la certificación bancaria correspondiente; para créditos TAE, la petición se formula mediante correo electrónico dirigido a cartera@icetex.gov.co. La plataforma genera un número de caso que facilita el seguimiento del proceso, aportando trazabilidad y cumpliendo con las disposiciones de la normativa vigente para mayor seguridad y transparencia en las relaciones crediticias.
Sin citas textuales en la información proporcionada.
En el contexto, se destacan dos modalidades de garantía: la desmaterializada, vinculada a un título valor electrónico conforme a la normativa vigente, y la física, que se apoya en un documento contable en papel. El proceso de devolución de saldos a favor y la entrega de garantías está regulado para mantener la seguridad de los interesados y la claridad de las operaciones; además, en el caso de deudores solidarios, no es necesario solicitar endoso para la devolución de garantías, lo que simplifica el trámite para estos actores en el sistema de créditos educativos.
















