Pico y Placa se aplica este martes en Cali para dígitos 5 y 6, 6:00-19:00.

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Desde La Veintitrés Manizales, este despacho informa que la Alcaldía de Santiago de Cali aplica Pico y Placa este martes 11 de noviembre con rotación por dígito de la placa: los vehículos cuyo último dígito sea 5 o 6 quedan restringidos entre las 6:00 y las 19:00. La medida no opera los sábados, domingos ni festivos y corresponde al periodo de julio a diciembre de 2025, vigente de lunes a viernes dentro del mismo horario, según confirmó la Secretaría de Movilidad de Cali.

La Secretaría de Movilidad, dependencia de la Alcaldía, explica que la restricción se aplica por día de la semana, por tipo de vehículo y por el último dígito de la placa, con la finalidad de reducir el parque vehicular, mejorar la movilidad, disminuir la ocurrencia de accidentes y disminuir la contaminación en la ciudad. En la jornada de hoy, martes, los dígitos autorizados para circulación son 5 y 6, y la norma se aplica en la capital del Valle del Cauca durante el horario indicado, manteniéndose la excepción para fines no laborales en fin de semana y festivos.

Rotación y calendario para la segunda mitad de 2025

La rotación para el periodo julio-diciembre de 2025 establece que los lunes corresponde a los dígitos 3 y 4; los martes, 5 y 6; los miércoles, 7 y 8; los jueves, 9 y 0; y los viernes, 1 y 2, con vigencia desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025. La restricción se aplica de lunes a viernes y no opera en sábados ni domingos, ni en festivos, tal como se define en el marco normativo de la ciudad. En cuanto a sanciones, la infracción al Pico y Placa se penaliza con 15 días de salario mínimo, lo que, con un salario mínimo diario de 47,450 pesos, asciende a 711,750 pesos.

«Las medidas buscan mejorar la movilidad y la seguridad vial de Cali durante el periodo de rotación establecido.» – Secretaría de Movilidad de Cali

Entre los datos complementarios destacan que existen exentos del Pico y Placa, entre los que se cuentan vehículos de emergencia, servicios oficiales, diplomáticos y consulares; transporte de personas con discapacidad o movilidad reducida; vehículos híbridos y eléctricos; vehículos de carga con capacidad igual o superior a cinco toneladas; aquellos que paguen la tasa por congestión y las motocicletas. Ello significa que, pese a la restricción, ciertas categorías pueden circular sin verse afectadas, dependiendo de la clase de vehículo y su cumplimiento con las exenciones establecidas.

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