El Ministerio de Transporte de Colombia anunció que, como parte de un endurecimiento de los criterios para obtener o renovar la licencia de conducción, se exigirán evaluaciones médicas más estrictas para quienes utilizan anticoagulantes. Según la nueva directriz, podría otorgarse una licencia con vigencia reducida si un hematólogo o cardiólogo certifica control adecuado de la condición, y queda expresamente prohibida la licencia para quienes hayan requerido una transfusión de plasma en el último año. Esta medida se enmarca en la normativa vigente, especialmente la resolución 0217 de 2014, y será aplicada por los Centros de Reconocimiento de Conductores, CRC, que deben realizar una revisión integral de la historia clínica y de los medicamentos, solicitar informes de especialistas y analizar cada caso de forma individual, pudiendo exigir informes adicionales antes de emitir un concepto de aptitud.
La decisión busca reforzar la seguridad vial ante la posibilidad de complicaciones relacionadas con anticoagulantes, y se sostiene en que los CRC verifiquen cuidadosamente la información clínica y, cuando sea necesario, soliciten reportes de hematólogos o cardiólogos antes de emitir un fallo. Aunque los anticoagulantes como heparina o warfarina no eliminan coágulos existentes, sí evitan su crecimiento o la formación de nuevos, lo que hace imprescindible un manejo médico riguroso. Entre los efectos posibles figuran sangrado nasal o de encías, sangre en la orina o en las heces, mareos, debilidad y moretones, circunstancias que pueden obligar a suspender la conducción y a buscar atención médica de inmediato. En este marco, la regulación apunta a proteger la vida de conductores y de otros usuarios, enfatizando controles médicos regulares y la necesidad de informar cualquier cambio en el tratamiento.
Nuevos criterios de evaluación para conductores en tratamiento anticoagulante
El marco regulatorio mantiene como referencia la resolución 0217 de 2014 y no especifica una fecha exacta de implementación de la nueva medida, lo que implica que los CRC ya deben operar bajo estos criterios de revisión y de exigencia de información adicional cuando corresponda. Existen claras excepciones: una evaluación médica favorable de un hematólogo o cardiólogo puede otorgar una licencia con vigencia reducida, mientras que la ausencia de ese respaldo podría impedir la expedición de la licencia, según la valoración caso por caso realizada por los CRC. Los Centros de Reconocimiento de Conductores son los encargados de verificar la información clínica, solicitar reportes de especialistas y determinar la aptitud para conducir con o sin restricciones.
“Cada solicitud se analiza de manera individual, y los CRC pueden requerir informes adicionales antes de emitir un concepto de aptitud” — Ministerio de Transporte
En síntesis, la nueva línea de criterios impulsada por el Ministerio de Transporte introduce un análisis más detallado para aspirantes y conductores en tratamiento anticoagulante, con el objetivo de salvaguardar la vida en las vías y evitar riesgos derivados de complicaciones médicas. Se espera que los CRC intensifiquen la revisión clínica, exijan informes complementarios cuando corresponda y apliquen de manera gradual estas reglas, con la posibilidad de otorgar licencias con vigencia reducida solo cuando exista certificación médica adecuada. En este contexto, los conductores deberán estar atentos a cualquier cambio en su tratamiento y a las indicaciones médicas para evitar interrupciones en su proceso de habilitación o mantenimiento de la licencia.

















