Remodelaciones en copropiedades: marco legal y procedimientos
En Colombia, las comunidades de uso compartido deben ajustarse a normativas de convivencia cuando se efectúan intervenciones en interiores de apartamentos. Las remodelaciones, aunque privadas, están sujetas a permisos y límites para reducir molestias entre vecinos.
La base normativa para este tipo de actuaciones se apoya en la Ley 675 de 2001, así como en reglamentos internos de cada copropiedad que regulan convivencia, límites de intervención y procedimientos de consulta previa.
Qué abarca la regulación
- Notificación y aprobación: el titular debe comunicar a la administración y, de ser necesario, a la asamblea antes de iniciar trabajos.
- Limitaciones de impacto: se establecen restricciones para evitar afectaciones al descanso, la seguridad estructural y las zonas comunes.
- Procedimiento de ejecución: las obras deben ejecutarse con normas de seguridad y, cuando corresponde, instalaciones modificadas deben realizarse por personal autorizado.
- Responsabilidad y sanciones: ante daños o molestias significativas, la copropiedad puede exigir reparación y aplicar sanciones según su reglamento interno.
Estas medidas buscan garantizar la convivencia y el bienestar de quienes habitan en conjuntos residenciales.
“Las obras deben notificarse con anticipación a la administración y ceñirse a las normas de convivencia vigentes para minimizar las molestias vecinales”
Fuente: Camila Ortega, abogada de la Federación de Copropiedades
“La finalidad es proteger la tranquilidad de los residentes y la seguridad de las estructuras, sin impedir que cada propietario realice mejoras necesarias”
Fuente: Carlos Ramírez, asesor legal de la Liga de Propietarios
Recordatorio: cada copropiedad puede adaptar estos lineamientos a su reglamento interno, por lo que se recomienda consultar la normativa local y la administración antes de planificar una remodelación.
















