Este miércoles 12 de noviembre, la Alcaldía de Cartagena, autoridad local, informó que regirá la medida de Pico y Placa para motos y vehículos particulares cuyos dígitos finales de la engomación sean 7 y 8, con la salvedad de que los taxis quedan exentos de la restricción. La rotación y las franjas horarias se actualizan a diario, según el tipo de vehículo y el día, por lo que la versión vigente cambia de una jornada a otra. Este reporte para La Veintitrés Manizales llega desde Cartagena para informar a los lectores sobre la versión vigente para este día.
En Cartagena, la restricción se aplica de forma diferenciada según el tipo de vehículo y el dígito, con el objetivo de ordenar la movilidad y reducir la congestión. Las motos tienen restricción entre las 05:00 y las 23:00 horas; los vehículos particulares con dígitos 7 y 8 no pueden circular en las franjas de 07:00 a 09:00 y de 18:00 a 20:00; los taxis, por su parte, operan con una restricción de 06:00 de un día hasta las 06:00 del día siguiente, es decir, 24 horas. La implementación depende del último dígito de la engomación, del tipo de vehículo y de la ciudad, y se actualiza cada día para responder a la dinámica urbana.
La versión vigente para este miércoles detalla dígitos restringidos y franjas por tipo de vehículo
Este miércoles, como parte del calendario de Pico y Placa para 2025 en Cartagena, se mantienen los dígitos restringidos 7 y 8 para motos y vehículos particulares, mientras los taxis quedan exentos de la restricción. La medida se aplica en franjas específicas para motos y particulares y está sujeta a la rotación diaria, lo que implica que la versión vigente puede variar entre ciudades y entre días. Además, se recuerda que la restricción se actualiza a diario para reflejar las condiciones de movilidad de la ciudad.
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La restricción se enmarca dentro de una serie de exenciones descritas para permitir el acceso de ciertos actores y servicios esenciales, como el Permiso Especial de Acceso a la Zona de Restricción Vehicular; vehículos eléctricos o de cero emisiones; autoridades, de emergencia, atención médica, distribución de medicamentos y rescate de órganos y tejidos; control de tráfico y grúas; gestión de residuos hospitalarios; medios de comunicación; servicios turísticos; y la enseñanza automovilística. Para acceder a estas exenciones, los interesados deben presentar una solicitud acompañada de copias de la documentación del vehículo y del conductor, así como el paz y salvo correspondiente.
La sanción por infringir la restricción es una multa de 711,750 pesos y la inmovilización del vehículo. Dado que el salario mínimo diario es de 47,450 pesos, la multa equivale a 15 días de salario mínimo. Estas cifras subrayan la seriedad de la medida y la necesidad de consultar la versión vigente cada día para evitar incurrir en infracciones y sanciones.
En términos de antecedentes, la medida forma parte del calendario de Pico y Placa para 2025 en Cartagena, con rotación por dígitos para particulares y horarios diferenciados para taxis. Este material detalla la versión vigente para el 12 de noviembre y su objetivo de reducir el tránsito, los siniestros y la contaminación, afectando principalmente la circulación de motos y vehículos particulares, mientras los taxis quedan exentos y se mantienen claras las sanciones y las condiciones para exenciones.
En resumen, la versión vigente para este miércoles mantiene a los dígitos 7 y 8 como restrictivos para motos y vehículos particulares, con franjas horarias específicas y la excepción de los taxis, y recuerda a la ciudadanía la necesidad de revisar la actualización diaria para evitar infracciones. Las exenciones disponibles y los requisitos para obtenerlas forman parte del mecanismo para facilitar operaciones esenciales, transporte de servicios y tráficos privilegiados sin perder el objetivo de mejorar la movilidad urbana en Cartagena.

















