La Superintendencia de Transporte ordenó a la aerolínea Wingo modificar de forma inmediata la información disponible en su página web sobre la compra de tiquetes para pasajeros con discapacidad, tras un incidente reportado en el Aeropuerto Internacional El Dorado en el que tres mujeres con discapacidad no pudieron abordar el vuelo 7274 de la ruta Bogotá–Medellín.
La medida, fechada el 1 de octubre de 2025, se desprende de una inspección a la página y del análisis del flujo de compra, y apunta a que la información sobre las opciones de asistencia sea clara y permita a los usuarios tomar decisiones informadas. El caso ocurrido en El Dorado mostró fallas en la comunicación de las alternativas de atención, lo que aumentó la necesidad de que las Naciones Aeronáuticas garanticen accesibilidad y no discriminación para pasajeros con discapacidad.
La medida administrativa y su alcance
La resolución establece un plazo de cinco días hábiles para que Wingo actualice la página de compra y describa de forma detallada las características y condiciones de las opciones de asistencia: silla de ruedas de rampa, de escaleras y de cabina, así como su alcance operativo. Asimismo, indica que el enlace “Política de Pasajeros con Necesidades Especiales” debe contener información sobre requisitos de viaje para otras discapacidades y sobre la necesidad de un acompañante en determinados casos. Se advierte que, si no se cumplen los cambios en el plazo, podrían imponerse sanciones sucesivas, y se aclara que contra la medida administrativa no procede recurso alguno, en conformidad con lo establecido en el artículo 9012 de la Ley 1437 de 2011. El marco factual también señala el vuelo y su itinerario relacionado: vuelo 7274, ruta Bogotá–Medellín.
«Necesito silla de ruedas, puedo caminar» – La Superintendencia de Transporte, Autoridad regulatoria
«Necesito silla de ruedas, no puedo subir escaleras» – La Superintendencia de Transporte, Autoridad regulatoria
«Soy completamente inmóvil» – La Superintendencia de Transporte, Autoridad regulatoria
«Tengo otra discapacidad» – La Superintendencia de Transporte, Autoridad regulatoria
Este marco normativo, aplicado de forma específica al caso que involucró a las tres mujeres de talla baja que viajaban en la ruta Bogotá–Medellín, busca que todas las aerolíneas aseguren el acceso, la atención digna y la no discriminación de las personas con discapacidad. Además, subraya la necesidad de que la información de las opciones de asistencia sea coherente con la política general de pasajeros con necesidades especiales y que el enlace correspondiente indique claramente que existen otros requisitos de viaje para distintas discapacidades y la posibilidad de acompañante en ciertos escenarios.

















