Congreso propone bajar exención del IVA a USD 50 para importaciones por tráfico postal, Colombia

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En el Congreso de la República, el Centro Democrático presentó un proyecto de ley para modificar la exención del IVA en importaciones por tráfico postal y envíos urgentes, proponiendo reducir el umbral a USD 50 y definiendo importaciones con fines comerciales, con la DIAN a cargo de los controles y del reporte. La iniciativa, radicada el 12 de noviembre de 2025, fue presentada por Jhon Jairo Berrío, representante a la Cámara por el Centro Democrático, y busca reequilibrar la competencia entre productos nacionales y extranjeros.

Entre las novedades se destacan cambios al literal J del artículo 428 del Estatuto Tributario y la definición de qué se considera importación con fines comerciales. El proyecto establece que los controles y la obligación de reporte estarán a cargo de la DIAN, incluyendo la identificación del medio de compra, el origen, el valor y el destinatario de las operaciones. Además, precisa que el umbral de exención pasa de USD 200 a USD 50, lo que equivale aproximadamente a COP 185.000, y fija un plazo de implementación de seis meses desde la entrada en vigor de la ley. Se define como importaciones con fines comerciales aquellas en las que el destinatario reciba más de tres envíos en un mes, cuando la gestión se realice a través de una plataforma digital o cuando el remitente o destinatario figure como importador habitual o comerciante inscrito ante el RUT. Como contexto, se recuerda que actualmente estas importaciones pagan IVA si su valor es inferior a USD 200, y se especifica que la vigencia de la norma sería a partir de su promulgación, con la aplicación efectiva seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, derogando todas las disposiciones contrarias y dejando vigentes las excepciones en tratados de libre comercio que obliguen expresamente al no cobro del impuesto.

Detalles y plazos críticos de la iniciativa

El texto establece que la implementación de los controles por la DIAN deberá hacerse en seis meses desde la entrada en vigor, y que las disposiciones contrarias serán derogadas, sin afectar las excepciones previstas en tratados de libre comercio que obliguen expresamente al no cobro del IVA cuando corresponda. Además, se subraya que las exenciones actuales para importaciones por tráfico postal y envíos urgentes quedan supeditadas a las condiciones definidas en el proyecto, con un horizonte claro de operación para prácticas de reporte e identificación de información relevante como medio de compra, origen, valor y destinatario por parte de empresas e intermediarios de transporte internacional.

«el beneficio establecido en este literal no podrá ser utilizado cuando las importaciones tengan fines comerciales» – Jhon Jairo Berrío, Representante a la Cámara; «la actual exención generó un entorno desigual para la industria local, ya que los productos extranjeros pueden ingresar al país sin el pago del IVA bajo ciertas modalidades» – Centro Democrático

En términos de impacto, la propuesta apunta a reducir beneficios de exención y aumentar la recaudación en estos casos, al tiempo que intensifica la fiscalización y el reporte por parte de empresas e intermediarios de transporte internacional. Los defensores sostienen que se trata de un paso para equilibrar la competencia entre producción nacional y importada y, a la vez, para fortalecer la industria y el empleo nacional, combatiendo la evasión y el contrabando en el comercio exterior.

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