El Pico y Placa en Cartagena regresa este jueves 13 de noviembre de 2025 con una restricción a la circulación de motos y vehículos particulares cuyos dígitos finales de la placa sean 9 y 0, anunció la Dirección de Tránsito y Transporte (DATT) del Gobierno de Cartagena. Los taxis quedan exentos de la restricción y las franjas horarias autorizadas para cada tipo de vehículo son: las motos pueden circular de 5:00 a 23:00; los vehículos particulares de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00; mientras que los taxis operan de forma continua de 6:00 a 6:00 del día siguiente, es decir, 24 horas.
La medida forma parte de un programa de rotación diario que se define por el día de la semana y el último dígito de la placa, con el objetivo de disminuir la circulación de automotores, el parque vehicular, las probabilidades de siniestros y la contaminación. En Cartagena, el Pico y Placa también contempla exenciones y permisos para ciertos vehículos, siempre que se presente la documentación correspondiente y un paz y salvo vigente por todo concepto.
Detalles operativos y exenciones
Para 2025, la rotación se aplica de manera diferenciada según el tipo de vehículo y se actualiza a lo largo del año. En el caso de los vehículos particulares, entre el 7 de julio y el 3 de octubre de 2025 la correspondencia por día fue: lunes 1-2; martes 3-4; miércoles 5-6; jueves 7-8; viernes 9-0; y entre el 6 de octubre de 2025 y el 2 de enero de 2026, la asignación cambió a: lunes 3-4; martes 5-6; miércoles 7-8; jueves 9-0; viernes 1-2. En cuanto a los taxis, las franjas para 2025 se han definido en distintos periodos, por ejemplo 30 de junio al 1 de agosto de 2025: lunes 3-4; 4 de agosto al 5 de septiembre de 2025: lunes 5-6; 8 de septiembre al 31 de octubre de 2025: lunes 7-8; 6 de octubre al 31 de octubre de 2025: lunes 9-0; 3 de noviembre al 5 de diciembre de 2025: lunes 1-2; y 8 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026: lunes 3-4. Es imprescindible consultar la tabla vigente cada día para verificar los dígitos aplicables, ya que la rotación es dinámica y puede variar según la época del año.
En cuanto a las sanciones, la infracción conlleva una multa equivalente a 15 días de salario mínimo vigente más la inmovilización del vehículo. Considerando un salario mínimo diario de 47.450 pesos, la multa total asciende a 711.750 pesos. Sobre las exenciones, se contemplan el Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular, vehículos eléctricos o de cero emisiones, vehículos oficiales, de emergencia, de atención médica, de distribución de medicamentos, de rescate o traslado de órganos y tejidos, de control de tráfico y grúas, de residuos hospitalarios, de medios de comunicación, que ofrecen servicios turísticos y destinados a la enseñanza automovilística; para obtener cualquiera de estas exenciones el propietario debe presentar una solicitud con la documentación del vehículo y del conductor, además del paz y salvo por todo concepto.
La medida busca mejorar la movilidad, la calidad del aire y la seguridad vial en Cartagena, y se aplica con un esquema de rotación diario que se actualiza a diario para adaptarse a las necesidades de la ciudad y del parque automotor. Con cada periodo, las autoridades recomiendan a conductores revisar las listas vigentes cada día para evitar sanciones y facilitar la circulación en la ciudad.

















