Propuesta de reforma laboral prioriza el combate al hostigamiento en el trabajo
En la actual propuesta de reforma laboral, presentada este año, se incluyó un capítulo específico orientado a prevenir y atender el hostigamiento en los centros de trabajo. El texto busca delimitar qué conductas son consideradas acoso y establece mecanismos de intervención para proteger a las personas afectadas.
El articulado subraya que el fenómeno no se limita a las relaciones jerárquicas; también puede emerger entre los colegas de la misma área, por lo que es relevante para todos los trabajadores. En ese marco, se identifican cinco categorías definidas de conductas que, de cumplirse, pueden encajar dentro de la definición de acoso.
- Aislamiento deliberado y exclusión de información relevante para la persona afectada
- Burlas, apodos y comentarios que menosprecian la apariencia, el comportamiento o la forma de vestir
- Difamación mediante rumores que deterioran la reputación profesional
- Trato despectivo o humillante insistente de parte de otros colaboradores
- Asignación de metas y tareas que resultan claramente inalcanzables para justificar un castigo
El texto también enfatiza la necesidad de evaluar contextos para distinguir entre convivencia normal y hostigamiento. La relación entre compañeros puede ser de camaradería, pero cuando se repite un comportamiento ofensivo, deben tomarse medidas.
Cuando una persona percibe un perjuicio emocional o físico, la guía propone documentar los hechos y acudir al Comité de Convivencia Laboral de la empresa. Si la situación no se resuelve internamente, la ruta siguiente es la Inspección de Trabajo. En última instancia, se mencionan la Defensoría del Pueblo y las estaciones de Policía como posibles vías de denuncia.
«La norma facilita la identificación de conductas dañinas y establece vías claras para proteger a las víctimas»
— Lucía Fernández, directora de Seguridad Laboral, Ministerio de Trabajo
«Si no se atiende a través de la vía interna, se deben activar los procedimientos oficiales para garantizar un entorno laboral seguro»
— Jorge Quintero, representante del sindicato de servicios
Este desarrollo no implica una condena general de la interacción diaria, sino la creación de criterios y procedimientos para intervenir ante actos que afecten la dignidad de las personas trabajadoras, con base en la evidencia y la persistencia de la conducta.

















