En una decisión publicada el 27 de octubre de 2025, el Ejército Nacional habilitó cambios para la libreta militar con el propósito de actualizar datos ante modificaciones en la cédula de ciudadanía o en el registro civil, y la Corte Constitucional ordenó incorporar la opción de género “no binario” en la definición de la situación militar. Esta medida involucra a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Ministerio de Defensa Nacional, y se ha puesto en marcha a través de la plataforma digital del Ejército Nacional y de los distritos militares habilitados, con el portal www.libretamilitar.mil.co como guía para los trámites.
La iniciativa contempla la actualización de datos en la libreta y la inclusión de la opción de género no binario, al tiempo que define reglas para una extensión del servicio mediante el Decreto 1075 de 2025, vigente. Los trámites pueden iniciarse en la plataforma digital y en las sedes de los distritos militares correspondientes; para avanzar, se debe presentar el soporte legal vigente (cédula actualizada o registro civil modificado) y adjuntar la documentación solicitada, diligenciar un formulario institucional y esperar la citación que llega por correo con fecha, hora y lugar. El pago de las tasas corresponde a entidades bancarias autorizadas o vía recaudó digital, y el plazo para cumplirlo es de 90 días. Tras consignar el valor y presentar el recibo junto con una foto de 3X3.4 cm con fondo azul, la libreta se actualiza y se entrega en 15 días hábiles. Además, el procedimiento contempla la posibilidad de exoneración o cuota y la opción de extensión de servicio, siempre dentro de las condiciones marcadas por la normativa.
En cuanto a la duración del servicio, la normativa establece que el servicio regular es de 18 meses para quienes no poseen bachillerato y de 12 meses para los bachilleres, mientras que la extensión voluntaria puede ser de entre 6 y 12 meses. El plazo para solicitar dicha extensión debe ser al menos de 4 meses antes de la fecha de licenciamiento. Estas reglas están reguladas por el Decreto 1075 de 2025, que ajusta la definición de la situación militar y las posibilidades de extensión según las necesidades de las fuerzas y las circunstancias de los aspirantes.
La Corte ordena adaptar sistemas y la libreta militar incorpora la opción no binaria
La decisión de la Corte Constitucional responde a antecedentes como las sentencias T-033 de 2022 y T-527 de 2024, que reconocieron la identidad de género “no binaria” en el derecho interno y en cédulas digitales, y ahora ordena adecuar los sistemas de información y la capacitación del personal para reflejar esas realidades, al tiempo que se comunican cambios administrativos y de servicio militar. Esto implica una mayor flexibilidad en los trámites, la posibilidad de actualizar datos personales en documentos militares y la extensión voluntaria del servicio sujeto a condiciones y necesidades de las fuerzas armadas.
«el derecho a la identidad de género se desprende del reconocimiento del libre desarrollo de la personalidad, ya que representa la libertad individual de vivir conforme a la propia autopercepción de género» – Corte Constitucional
En resumen, la actualización de la libreta militar facilita la armonización de documentos con la identidad de género y la posibilidad de avanzar en la carrera dentro de la institución, al tiempo que el Ejército advierte sobre fraudes y conductas engañosas de quienes cobran por trámites rápidos o entregan certificados falsos. El objetivo es garantizar trámites más transparentes y seguros para las personas, sin perder de vista la integridad del proceso y la responsabilidad institucional.

















