Absuelven a Álvaro Uribe en segunda instancia por fraude procesal en Bogotá

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El expresidente Álvaro Uribe Vélez enfrentó un giro judicial significativo en Bogotá, donde fue condenado en primera instancia el 28 de julio de 2025 por la jueza Sandra Liliana Heredia del Juzgado de Conocimiento por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, pero absuelto el 21 de octubre de 2025 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Esta decisión se enmarcó en una investigación originada en 2012 por la presunta manipulación del testimonio del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve en la denuncia que Uribe interpuso contra el senador Iván Cepeda, quien fue reconocido como víctima en el proceso. El 25 de noviembre de 2025 se anunció una prórroga concedida a la Fiscalía y las víctimas para presentar un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, extendiendo el plazo hasta el 13 de enero de 2026 a las 17:00 horas.

El proceso tuvo su origen en 2012, cuando Uribe denunció a Cepeda por supuestamente manipular testimonios de paramilitares que lo vinculaban con grupos armados ilegales; sin embargo, la Corte Suprema de Justicia inició una investigación contra el entonces senador por presunta manipulación de testigos, la cual migró a la Fiscalía General tras la renuncia de Uribe al Senado. En primera instancia, la jueza Heredia validó pruebas como interceptaciones telefónicas, grabaciones obtenidas mediante un reloj espía a Monsalve en la cárcel La Picota, y testimonios de Cepeda, Deyanira Gómez y el propio Monsalve, lo que llevó a la condena. No obstante, la Sala Penal revocó esta sentencia al considerar la ausencia de pruebas contundentes sobre el dolo directo de Uribe, errores en la apreciación probatoria, contradicciones en los relatos de los exparamilitares y la falta de verificación exhaustiva por parte de la Fiscalía, además de una aplicación incorrecta del dolo eventual.

Condena paralela a Diego Cadena y apelaciones en curso

En el mismo contexto, el abogado Diego Cadena, vinculado al expresidente, recibió una sentencia de siete años de prisión domiciliaria por hechos relacionados, aunque ya apeló esta decisión a través de su defensor Iván Cancino. El caso, que prescribe en octubre de 2025, se consolidó como una de las noticias políticas más impactantes de ese año en Colombia, con repercusiones en la agenda jurídica y política del país, especialmente por la prórroga que mantiene abierta la posibilidad de revisión en la Corte Suprema.

Este fallo en segunda instancia representa un cierre temporal para Uribe en este proceso, pero la extensión del plazo para impugnaciones subraya la complejidad y la vigencia del debate judicial alrededor de uno de los figuras más controvertidas de la política colombiana, iniciado hace más de una década y con pruebas recolectadas en entornos de alta sensibilidad como cárceles y conversaciones interceptadas.

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